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El Constitucional ratifica el copago farmacéutico en la CAV, pero permite la asistencia a inmigrantes

El Tribunal Constitucional español ha respondido con una de cal y otra de arena al recurso presentado por el Gobierno de Rajoy contra el decreto de Lakua que pretendía evitar el doble pago farmacéutico. El alto tribunal español permite la asistencia a inmigrantes sin papeles en regla, pero mantiene la suspensión sobre el llamado copago farmacéutico.

Manifestación en Iruña contra los recortes en sanidad y educación (Iñigo URIZ/ARGAZKI PRESS)
Manifestación en Iruña contra los recortes en sanidad y educación (Iñigo URIZ/ARGAZKI PRESS)

El Tribunal Constitucional español ha hecho público hoy un auto en el que acuerda el levantamiento de la suspensión cautelar de varios de los artículos recogidos en el decreto de junio del Gobierno de Lakua, que pretendía hacer frente a los recortes en materia sanitaria implantados por el Gobierno de Rajoy.

El decreto de Lakua fue recurrido por el Ejecutivo español y el TC decidió en julio suspenderlo de manera cautelar antes de decidir sobre el fondo del recurso. Ahora, concluye que la atención al colectivo de inmigrantes sin papeles en regla no puede verse «desvirtuada» por la «mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado». Por lo tanto, este colectivo seguirá recibiendo asistencia en base al decreto del Gobierno de Lakua.

En cambio, el TC ratifica la suspensión de los artículos que amplía los grupos exentos del doble pago farmacéutico; entre los que se encuentran los pensionistas, los perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos, las personas con tratamientos por accidentes de trabajo o los parados que hayan perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo, entre otros. Por lo tanto, estos colectivos deberán seguir haciendo frente al repago de medicamentos.

El TC afirma que Lakua no aporta argumentos suficientes para afirmar que el llamado copago farmacéutico vaya a provocar una reducción de la calidad y eficacia de la prestación «que revierta en una lesión del derecho a la protección de la salud».