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Iruñea

El TSJM sentencia como irregulares todas las obras del TAV en Nafarroa

La fundación Sustrai gana un pleito al Ministerio de Fomento y consigue que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declare al margen de la legalidad todas las obras del TAV acometidas por el Gobierno navarro. La razón está en la nulidad de la Declaración de Impacto Ambiental, un documento previo a la adjudicación de concesiones. Una vez invalidada esta declaración, todo lo demás queda cojo y al margen de la ley. La sentencia aún puede ser recurrida.

Obras del TAV entre Castejón y Alesbes. (Idoia ZABALETA/AFP)
Obras del TAV entre Castejón y Alesbes. (Idoia ZABALETA/AFP)

Las obras del TAV en Nafarroa están al margen de la ley y deben parar inmediatamente. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras dar la razón a la Fundación Sustrai, que denunció que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), necesaria para acometer el macroproyecto, había caducado y no es válida. El fallo de la sentencia dice textualmente: «Las consecuencias de la caducidad de la DIA son la nueva realización desde el principio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, dado que no se puede ejecutar una obra de esta envergadura sin una Declaración de Impacto Ambiental válidamente emitida».

Según explica Sustrai, esto supone que todas las obras, concesiones y expropiaciones se han realizado «en una situación de completa irregularidad». Para volver a regularizar el TAV en Nafarroa habría que empezar de cero y volver al año 2004, que es cuando se aprobó la DIA.
La sentencia dictada por TSJM no es firme y aún cabe recurso al Supremo, posibilidad que expirará en pocos días. Sin embargo, deja al Gobierno navarro en una difícil situación. Una nueva sentencia sería definitiva y la actitud de los gobernantes navarros y, en particular, del consejero Luis Zarraluqui podría ser considerada como un acto de prevaricación. Mas si cabe atendiendo a los intereses de las empresas en las que trabajó anteriormente el consejero, que compraron terrenos a los que afecta el trazado del TAV.

Por otra parte, este nuevo varapalo judicial llega en un momento crítico para el macroproyecto. El llamado «corredor navarro» ha quedado reducido a su mínima expresión: una mera recta de 72 kilómetros que empalmará Iruñea con Castejón y que queda absolutamente desligada del resto de la red de TAV del Estado. El empalme con la «Y vasca» cruzando la sierra de Aralar hasta Ezkio-Itsaso ha quedado ya absolutamente descartado y el resto de conexiones (Gasteiz y Zaragoza) se llevarán a cabo a través del tercer hilo. El Gobierno navarro sostiene que es una solución temporal, agarrándose al convenio de 2010 que Miguel Sanz suscribió con el entonces ministro Pepe Blanco y que estaba claramente vinculado a un pacto de legislatura entre UPN y PSN. Sin embargo, lo cierto es que esa modificación del trazado resulta demasiado cara para tratarse de una solución temporal (supera los 200 millones de euros, a razón de dos millones por cada kilómetro de vía) y, además, ni siquiera hay fecha para que las obras para un tercer raíl para el ancho europeo comiencen en Aragón y Araba.

UPN conocía la irregularidad

Sustrai explica que el Gobierno navarro era plenamente consciente de que el comienzo de las obras se estaba llevando a al margen de la ley. La fundación recuerda que se lo comunicó personalmente al consejero de turno, lo notificó documentalmente ante la consejería de Fomento y a varios ministerios del Estado. También acudió a una comisión parlamentaria para advertírselo a todas las formaciones políticas con representación en la Cámara.

Todo arrancó en el año 2010, cuando la Fundación solicitó formalmente la declaración de caducidad de la DIA al Gobierno español. Ante la negativa de Madrid a invalidar la declaración de impacto, Sustrai acudió a la Audiencia Nacional, que acabó por inhibirse en favor del TSJM. La razón de que haya sido un tribunal madrileño el que se haya pronunciado se debe a que el TAV es un proyecto estatal y el pleito fue entre Sustrai y el Ministerio de Fomento (el Gobierno navarro ni siquiera estaba personado en esa causa).

Pese a que es Madrid quien –en principio– tendrá que correr con los gastos del TAV, UPN decidió por su cuenta y riesgo comenzar las obras. Incluso, para poder hacerlo, se metió en un crédito cuyos intereses tendrán que abonar las arcas navarras en exclusiva y que podrían superar los 40 millones de euros. Ahora, esta polémica decisión queda aún más en entredicho. Su decisión de no esperar al resultado de la decisión del TSJM puede provocar una catarata de nulidades e indemnizaciones, en caso de que la sentencia adquiera carácter firme.

El Gobierno navarro fue consciente de este riesgo desde el primer momento. En mayo de 2011 emitió una nota asegurando que la DIA seguía siendo vigente y válido. Pero esta afirmación –como prueba la sentencia conocida ayer por GARA– resulta bastante difícil de sostener. En realidad, la clave es bastante simple: las declaraciones de impacto ambiental caducan cada cinco años. En este caso, la DIA que se elaboró para validar el «corredor navarro» data del año 2004 y las obras comenzaron ocho años después.

En 2011, Sustrai acudió al Parlamento a explicar públicamente por qué la DIA era nula. A inicios del año siguiente, la fundación se reunió personalmente con el consejero de Fomento, a quien expuso que «si las obras se iniciaban en el verano de 2012, lo harían en una situación jurídica irregular y, por tanto, convertiría en irregular la ejecución del proyecto más grande de la historia de Navarra». Esto, a su entender, colocaba a la macroobra en una situación «frágil e incierta».
Sustrai, que hoy ha convocado a los medios a una rueda de prensa, afirma que todas estas reuniones con los representantes públicos navarros tuvieron el objeto de advertirles de la ilegalidad de sus actuaciones y «evitar gastos económicos innecesarios a las arcas forales y, por lo tanto, evitar malgastar el dinero de todos  y todas las navarras». Sin embargo, no han tenido éxito.