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BILBO

El TSJPV mantiene la suspensión de la paga de Navidad en las Juntas de Araba y Gipuzkoa

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha decidido mantener la suspensión cautelar del abono de la paga de Navidad a los empleados de las Juntas Generales de Gipuzkoa y de Araba.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha decidido mantener la suspensión cautelar del abono de la paga de Navidad a los trabajadores de las Juntas Generales de Araba y Gipuzkoa.

Tras escuchar ayer a las partes en sendas vistas, el alto tribunal ha dictado dos autos en los que argumenta que ambas instituciones deben cumplir con el decreto del Gobierno español que ordena no abonar esa retribución.

El TSJPV rechaza las argumentaciones de las Juntas Generales de Gipuzkoa, que alegaron que el decreto no se refería en ningún epígrafe a las cámaras territoriales.

También desestima la explicación de las Juntas alavesas sobre los errores en las fechas del recurso planteado por la Abogacía del Estado sobre los acuerdos de la Mesa de esa Cámara, al entender que la pretensión de la acción judicial no es contra un acuerdo en concreto, sino contra su pretensión «reiterada» de abonar la paga referida.

La resolución conlleva la imposibilidad de que los 37 empleados de la Cámara guipuzcoana puedan cobrar la paga de Navidad y podría suponer, como reclamó el abogado del Estado en este caso, que los 17 trabajadores de las Juntas de Araba que ya la recibieron junto a la nómina de noviembre la tuvieran que devolver.

La suspensión del abono de la paga se prolongará mientras dure el pleito. Contra la resolución se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo tribunal en un plazo máximo de cinco días tras la notificación del auto.