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UPN recurre la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Barañain

UPN ha decidido recurrir la presencia de la ikurriña en el Ayuntamiento de Barañain con motivo de las fiestas patronales al entender que la derogación de la Ley de Símbolos no implica que se pueda colocar en las instituciones navarras esta enseña.

UPN precisa en un comunicado que la colocación de la ikurriña en la fachada del Ayuntamiento de Barañain «no respeta la identidad de Navarra y su estatus como comunidad propia y diferenciada recogido en el Amejoramiento del Fuero, y supone ir contra la Constitución y el resto de normas que contienen la regulación de las banderas y enseñas en España».

Añade al respecto que la reciente derogación de Ley de Símbolos, «no presupone que se pueda colocar» la ikurriña, y precisa que izando la enseña «se ha incumplido"»la ley estatal de 1981 que regula el uso de la bandera española y otras banderas.

En su recurso, UPN expone que la ley de 1981 determina que las comunidades cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, como es el caso de Nafarroa, utilizarán ésta junto con la española en todos sus edificios públicos civiles, de lo que «se deduce claramente» que la bandera española «debe ondear junto y solo con» la de la propia comunidad.

Agrega además que la misma ley permite que ayuntamientos, diputaciones o cualquier otra corporación pública utilice su bandera junto a la española, pero colocar la de otra autonomía supone «actuar en fraude de Ley».

Según UPN, con la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Barañain «también se vulnera el principio de neutralidad y objetividad que ha de regir la actividad» de las administraciones, «puesto que se utilizan bienes públicos en apoyo de una determinada ideología política, como es la abertzale y nacionalista».

Su conclusión es que la derogación de la Ley de Símbolos de Nafarroa «no presupone, necesariamente, que resulte conforme con el ordenamiento jurídico la utilización de una bandera no oficial en los edificios o sedes administrativas de la Comunidad Foral».

Y por lo tanto, añade, «la utilización de banderas o símbolos distintos a los oficialmente establecidos como de Navarra puede resultar contraria al ordenamiento jurídico incluso tras la derogación» de la Ley de Símbolos.