Alberto PRADILLA
MADRID
JUICIOS POLÍTICOS EN EUSKAL HERRIA

La AN ratifica el veto para cargo público a Otegi que no tiene efecto real

La Audiencia Nacional española ratificó ayer la inhabilitación especial impuesta a Arnaldo Otegi por el «caso Bateragune». Sin embargo, esta no tendrá un efecto real ya que la sentencia no especificó los cargos para los que estaba vetado. Pese a la tormenta mediática desatada por el auto, la situación real del secretario general de Sortu no ha variado.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española ratificó ayer la inhabilitación especial impuesta a Arnaldo Otegi en la sentencia que también le condenó a seis años y medio de cárcel por el «caso Bateragune». Sin embargo, se trata de un veto que no tiene efecto real ya que tanto el Código Penal como la jurisprudencia del Tribunal Supremo indican que la «inconcreción» a la hora de especificar a qué cargos se refiere el fallo imposibilita que este se ponga en práctica.

Por poner un ejemplo práctico: Iker Casanova está condenado a una inhabilitación especial que se extiende hasta 2016. Dejó la cárcel en 2011, tras pasar siete años condenado por el 18/98. Sin embargo, lleva ejerciendo como parlamentario de EH Bildu en Gasteiz desde 2014. Dignidad y Justicia interpuso una denuncia contra el electo abertzale pero no prosperó, ya que tanto la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco como la del Tribunal Supremo admitieron que si no se marcan los puestos vetados en el fallo este no se aplica.

En un auto hecho público ayer, los jueces Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel rechazaban el recurso presentado por la defensa del secretario general de Sortu, en el que se solicitaba al tribunal que se reconociese la imposibilidad de hacer efectiva la inhabilitación. Los letrados afirmaban que en las reiteradas sentencias (Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional) en las que se condenó a Otegi y al resto de sus compañeros del «caso Bateragune» no se especificaron los cargos vetados por lo que no podía aplicarse la prohibición. En su auto, los jueces se limitan a rechazar la apelación argumentando que esta es «extemporánea», ya que durante la tramitación de la ejecución de la pena no se habían presentado objeciones. En el fondo, la situación de Otegi no cambia en absoluto.

Aunque la mayoría de cabeceras españolas lanzaron ayer titulares triunfalistas vaticinando que el preso político vasco no podrá ejercer ningún cargo público hasta el 28 de febrero de 2021, los antecedentes refutan esta teoría. Otegi abandonará la prisión de Logroño el 28 de marzo y, al igual que ocurrió con Iker Casanova, podrá ser aspirante a lehendakari. En realidad, el cambio de versión ha sido más mediático que jurídico. Hace más de medio año que el Estado tiene asumido que no puede hacer nada para imponer la inhabilitación. El todavía ministro de Justicia, Rafael Catalá, fue muy claro en junio del pasado año. «Nuestro Tribunal Constitucional lleva tiempo estableciendo la doctrina de que las penas no pueden ser genéricas sino establecidas expresamente. Eso es jurisprudencia consolidada», admitió en el momento en el que «El Mundo» publicó que el preso político vasco podría ser aspirante a lehendakari. Aunque puso sobre la mesa la posibilidad de buscar resquicios legales, el responsable de Justicia tuvo que admitir que no había margen de maniobra: una sentencia firme no puede ser modificada.

Jurisprudencia clara

El de Iker Casanova no es el único antecedente que da la razón a los letrados de Otegi. Cabe recordar, por ejemplo, la sentencia de la Audiencia Nacional española por la que se condenó a 20 militantes independentistas dentro del macrojuicio por el sumario 35/02. El fallo, que también avalaba el expolio de más de un centenar de locales, no detallaba la inhabilitación a la que se condenaba a los abertzales. Tampoco la sentencia del Tribunal Supremo, que ratificó las penas. Sin embargo, Dignidad y Justicia pidió al Alto Tribunal que aclarase su condena. Los jueces aceptaron la solicitud e incluyeron en su sentencia que el veto era extensible a cualquier puesto «de naturaleza política por elección ciudadana a nivel local, autónomo, estatal o supracional». De este modo, Joseba Permach, Rufi Etxeberria, Juan Kruz Aldasoro, Joseba Alvarez, Karmelo Landa, Jon Gorrotxategi, Floren Aoiz y Antton Morcillo sí que fueron inhabilitados. Lo mismo ocurre con los 35 independentistas sentenciados tras llegar a un acuerdo la semana pasada: el fallo incluye también los puestos a los que no podrán acceder.

Los rumores generados por el auto no fueron el único motivo por el que Otegi estuvo ayer de actualidad. Mariano Rajoy había hecho una mención a los «presos políticos» en Twitter. Quería hacer referencia a Venezuela, convertida en obsesión de la derecha española. Sin embargo, la cuenta del secretario general de Sortu le mandó «un saludo desde la prisión de Logroño», recordándole la situación de los presos políticos en el Estado.