Iñaki IRIONDO
gasteiz

Rechazado un intento de mandos y fiscal de evitar el juicio por Cabacas

La jueza Ana Torres, que instruye la causa por la muerte de Iñigo Cabacas, ha rechazado los recursos contra la apertura de juicio presentada por los mandos 3389 y 1283, que contaban con el apoyo de la Fiscalía. La instructora mantiene su decisión y las acusaciones contra ambos ertzainas, en sendos autos a los que ha tenido acceso GARA y en los que responde de forma contundente a los intentos de la fiscal de exonerarles de responsabilidades en la muerte.

La jueza Ana Torres firmó el quince y dieciséis de mayo sendos autos en los que desestima los recursos presentados por los mandos 3389 y 1283 contra la apertura de juicio por la muerte por «homicidio imprudente» de Iñigo Cabacas, que recibió un pelotazo de goma en la cabeza el 5 de abril de 2012, mientras festejaba una victoria europea del Athletic.

En sus escritos, la jueza responde con contundencia a las alegaciones de los ertzainas, que evidentemente intentan evitar verse sentados en el banquillo de los acusados. Pero lo que sorprende es observar el apoyo que ambos policías obtienen de la Fiscalía, que más parece actuar como su abogado defensor.

El rechazo de estos dos recursos de reforma salva un primer obstáculo para llegar a la fase de juicio oral. Los autos pueden ser ahora recurridos en apelación ante la Audiencia Provincial, donde se agruparán con el interpuesto ya por el suboficial 5351.

También la abogada de la familia Cabacas, Jone Goirizelaia, recurrió la decisión de la jueza Ana Torres, aunque en sentido contrario y para solicitar que se juzgara también a los agentes 11.066, 10.216 y 15.248 que se sabe que efectuaron disparos de pelotas de goma. La instructora determinó que no se les debía juzgar porque era imposible determinar quién es el autor material del disparo que mató a Iñigo Cabacas.

Sin embargo, la jueza sí cree posible acusar del delito de homicidio por imprudencia grave profesional a los mandos que estaban en el lugar de los hechos y que ordenaron disparar o no lo impidieron.

3389, no detuvo los disparos

La defensa del oficial 3389 –que en las conversaciones del 5 de abril de 2012, dice a Ugarteko que la situación está controlada– adujo en su recurso que no se especificaban cuáles eran los hechos concretos que se le imputaban, recordando que había permanecido inactivo durante el tiempo en el que se produjo el disparo que alcanzó mortalmente a Iñigo Cabacas. También la fiscal alegaba esa inacción.

Y la jueza responde que precisamente es de eso de lo que se le acusa, de que siendo el oficial de mayor rango en la zona, y viendo lo que estaba ocurriendo, no hizo nada para detener los disparos que no se ajustasen a las prescripciones de la prudencia profesional. Y contestando a la fiscal añade que si este oficial hubiera bajado de la furgoneta, tomado el mando de la situación y ordenado no disparar, no se habría producido el resultado de la muerte de Iñigo Cabacas. Para su decisión la instructora se apoya, entre otros puntos, en la declaración del «oficial 3316 (Ugarteko) que son sumamente vehementes sobre las responsabilidades que le incumbían al referido oficial 3389».

Respecto al suboficial 1283, que estaba al mando de una de las furgonetas y que niega que ordenara disparar, la jueza responde que hay testigos que aseguran que ordenó disparar no solo a los agentes de su dotación sino también a los de otras furgonetas. La Fiscalía había apoyado al ertzaina diciendo que había agentes que no le habían escuchado dar esas órdenes, a lo que contesta que eso no significa que no las diera.