José Antonio González García «Nebera»

Catalunya y la independencia

Hoy 19 de octubre vencía el nuevo plazo ultimátum con el que el Gobierno del PP y otras hierbas trataba de acorralar y vencer al Govern, a estas horas ha vencido y según parece todo sigue mas o menos igual que antes. La culpa es tuya.

El Govern ha vuelto a contestar al Gobierno y el Gobierno dice que el Govern no le ha contestado.

Y en medio la independencia y el artículo 155 de la Constitución.

La independencia que ha mi corto entender no ha sido declarada por mas que la voluntad popular catalana representado en la votación del 1-O no dejase ninguna duda. Ellos, los catalanes que quisieron y pudieron votar, dijeron que «Sí». «Sí» a la República Catalana.

Según dicen aquellos que saben más, o al menos deben saberlo, la independencia debe ser declarada por el Parlament en votación y ese paso no se ha dado. Hoy al menos no se ha votado todavía.

La independencia la continúan pidiendo Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, cuyos líderes ha encarcelado la Audiencia Nacional y nadie sabe porque o en base a que, Esquerra Republicana y muchos miembros del PDeCat, partidos del vicepresidente y del presidente del Govern y la CUP en especial.

La Independencia que, según respuesta de Carles Puigdemont, se votara en el Parlament si el Gobierno del PP y otros mas, en esto están juntos incluso aquellos que en campaña y después tantas veces han mostrado su oposición al hoy presidente Mariano Rajoy, aplican el Artículo 155 de la Constitución del 78.

Por cierto Constitución que muchos de los que hoy claman por su aplicación no llegaron a votar. Rivera y Sanchez por ejemplo.

Artículo 155.

1.Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2.Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Es decir el Gobierno podrá hacer lo que le dé la gana y mucho mas si cree que hace falta o es necesario.

Pues bien así están las cosas. De interés general es, o parece ser, la no declaración de independencia del Parlament, con lo fácil que hubiese sido enviar al Gobierno el Acta de la sesión del martes día 10 y dejar que la leyesen, y no son los cientos de millones que han robado, según parece por la presunción que no a todos sirve, los políticos del partido del Gobierno y de la Oposición, los miles de millones malgastados, forma sutil de decirlo, en obras faraónicas que se han multiplicado, también el coste, sin que nada las justificase.

En fin que al dialogo, y no de ahora o de última hora, le amenaza el 155 al igual que a las urnas y votos, y no solo el 1-O, le llueven ostias y pelotazos.

Si esto es Democracia o Estado de Derecho no hay dudas en como acabara y como se están flotando las manos algunos que con la huida de muchas empresas de Catalunya para su ubicación fiscal en Madrid y alrededores están haciendo el otoño. Juzguen a quien benefician y sobran quien lo promueve.

Como última anotación me gustaría que alguien versado en derecho constitucional me respondiese a esta última pregunta.

¿Por cierto la oposición al Gobierno puede aplicarle a este el Articulo 155?

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