Es de sentido común, y los peritos lo confirman

La denuncia de los once peritos sicólogos que intervinieron en el juicio contra 28 jóvenes independentistas deja aún más en evidencia la sentencia que condenó a siete de ellos. Ya sin entrar en aspectos técnicos, dicha sentencia escandaliza no solo por ser contradictoria con otra anterior sobre un caso coincidente tanto en los cargos como en las circunstancias, sino también por el mismo hecho de condenar a varios jóvenes por delitos al parecer tan terribles como haberse reunido, todo ello basado en las declaraciones de los detenidos en régimen de incomunicación. Un castigo en cualquier caso injusto y tan desproporcionado como la actuación de la Ertzaintza el pasado lunes en Gasteiz, mal que le pese al portavoz del Gobierno de Lakua, Josu Erkoreka, cuyas palabras son bastante menos fiables que las imágenes a disposición de quien quiera verlas.

El tribunal se permitió poner en duda la labor de esos sicólogos y asegurar que no quedaron «suficientemente acreditados» los malos tratos denunciados por los entonces acusados. Sin embargo, no es eso lo que se desprende de su peritaje, en el que dio veracidad al testimonio de los jóvenes juzgados. Resulta oportuna la puntualización de algo que, aun siendo evidente, cobra mayor valor en boca de los peritos, como es la circunstancia de que ellos no son parte de una investigación que, como tristemente se ven obligados a recordar, corresponde al Estado. Pero ese Estado solo ha efectuado esa investigación en casos muy excepcionales, y sobre ese Estado han recaído varias condenas del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo precisamente por no investigar denuncias de torturas. La sentencia solo tiene en cuenta los informes policiales, incluso para invalidar la evaluación de los sicólogos y el propio Protocolo de Estambul de Naciones Unidas.

Tras la denuncia de los sicólogos, cabe preguntarse para qué se precisa la labor de los peritos en los juicios de la Audiencia Nacional si, como ha demostrado el tribunal que juzgó a los 28 jóvenes, su evaluación no se tiene en cuenta cuando contradice los prejuicios del tribunal.

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