Naiz
Oiartzun

Absuelven al exalcalde de Oiartzun en dos procesos judiciales distintos

El exalcalde de Oiartzun (Gipuzkoa) Martín Beramendi ha sido absuelto en los dos procedimientos judiciales distintos que se han seguido en su contra por sendos delitos de infidelidad en la custodia de documentos y de prevaricación administrativa.

Martín Beramendi, exalcalde de Oiartzun, en un acto de Hamaikabat. (Juan Carlos RUIZ / ARGAZKI PRESS)
Martín Beramendi, exalcalde de Oiartzun, en un acto de Hamaikabat. (Juan Carlos RUIZ / ARGAZKI PRESS)

En el primero de estos casos, Beramendi –que por entonces militaba en Eusko Alkartasuna aunque tras la escisión de este partido fue presidente de Hamaikabat en Gipuzkoa– estaba acusado de haberse llevado documentación original del Ayuntamiento a la sede de EA y guardarla en un despacho cerrado en días anteriores al 16 de junio de 2007, fecha en la que dejó la Alcaldía, al constituirse la nueva corporación municipal.

Este asunto fue juzgado el pasado mes de diciembre en la Audiencia de Gipuzkoa por un tribunal del jurado que le absuelve ahora, al no haber quedado acreditado durante la vista oral que Beramendi «se llevara documentos o expedientes originales o primitivos o, en su caso, documentación única, de la sede de la Alcaldía a las dependencias de EA».

El segundo caso fue seguido en un Juzgado de lo Penal de Donostia por un delito de prevaricación, por autorizar presuntamente unas obras en el parque de Mendibil de la citada localidad que excedían lo aprobado en el proyecto adjudicado por el pleno.

Estos hechos se remontan a 2006, cuando el pleno de Oiartzun adjudicó la obra por un importe de 1,21 millones de euros, aunque finalmente el coste de los trabajos ascendió a 2,2 millones de euros, un 82% más de lo autorizado inicialmente. La corporación que reemplazó a Beramendi estableció luego negociaciones con los acreedores y el precio final solo se incrementó en 368.448 euros.

No obstante, el exalcalde también ha resultado absuelto en este segundo caso, al no apreciar el juez «evidencia» alguna de que el acusado tuviera «conciencia de la ilegalidad o de la arbitrariedad» cometida, «bien en el momento de ordenar las modificaciones en las obras que se estaban ejecutando» o «bien por no iniciar el expediente de modificación» de los trabajos, como requiere el tipo penal del que era acusado.