Alberto PRADILLA
MADRID
LEYES DE EXCEPCIÓN CONTRA LOS PRESOS VASCOS

La defensa de Bustindui ve prevaricación en el bloqueo a su libertad

Kepa Landa, abogado de Alex Bustindui, ha presentado un recurso en el que advierte de que la juez Concepción Espejel podría haber cometido un delito de prevaricación por bloquear la aplicación de la reducción retroactiva de penas. Los otros dos magistrados que revisaron su caso abogaron por aceptar su apelación, lo que implicaría su libertad.

La defensa de Alex Bustindui, el joven vizcaino a quien debería haberse aplicado la reducción de penas prevista en el artículo 579 bis 4º del Código Penal, cree que la decisión de la juez Concepción Espejel de bloquear su libertad podría constituir un delito de prevaricación. Así lo asegura el letrado Kepa Landa en el recurso que interpuso hace dos días ante la Audiencia Nacional española. El texto denuncia la maniobra de la presidenta de la sección segunda de la Sala de lo Penal del tribunal especial, que en lugar de firmar la sentencia redactada por José Ricardo de Prada y apoyada por Julio De Diego, ha intentado derivar el caso a otras instancias para no aceptar el criterio mayoritario, que es el de admitir la apelación del preso vasco y excarcelarle.

Según recoge el recurso presentado por Landa, la actuación de Espejel, magistrada conocida por ser afín al PP, «podría ser constitutiva de un delito de prevaricación». Se basa en dos cuestiones: «el retardo artificialmente provocado en la resolución del asunto sometido a su conocimiento» y «la pretensión de cambiar las mayorías para decidir esa cuestión pendiente de resolución».

Sus argumentos se apoyan también en el voto particular presentado por los jueces De Prada y De Diego a la providencia dictada por Espejel, por la que convocó una reunión para hoy en la que se volverá a analizar el caso. Los dos magistrados afirmaron que el tribunal competente ya había tomado una decisión y que Espejel trató de retrasar su firma hasta la celebración de un pleno jurisdiccional (dedicado a cuestiones generales y no concretas). Este encuentro estaba previsto para el 13 de mayo pero, finalmente, no se celebró. En lugar de sellar la sentencia y expresar su desacuerdo a través de los cauces ordinarios, la togada convocó el encuentro de hoy, al que se sumarán los jueces Enrique López y Ángel Hurtado. Este procedimiento no es habitual y así lo denuncia el recurso de Landa.

«La utilización de una norma legal para una finalidad para la que no ha sido dispuesta, supone un fraude de ley», asegura el letrado, que considera que «la presidenta de la sección, no queriendo asumir su minoría en la resolución sometida a su conocimiento, ha recurrido a un subterfugio legal, para tratar de buscar otra mayoría diferente».

Varios recursos pendientes

En su providencia, Espejel argumentaba que era necesario unificar criterios para que no hubiese sentencias contradictorias, especialmente cuando hay varios recursos sobre el mismo asunto pendientes. Llegó a esta conclusión una vez que ya tenía la constancia de ser minoría en el tribunal y de que el pleno no jurisdiccional no iba a tener lugar. Una maniobra que es duramente criticada por el abogado de Bustindui. «Cuando se actúa de esta forma, una vez que se ha constatado que la resolución a adoptar es contraria a la posición de la presidenta de la sección, es lícito sostener que se hace para violentar el normal desarrollo de la administración de justicia, y conseguir una resolución con un contenido determinado, por encima de las normas que garantizan un proceso justo y una recta resolución judicial».

En el recurso, además, se advierte que el bloqueo impuesto por Espejel atenta contra un derecho fundamental: el de la libertad. Según remarca el abogado, si la presidenta de la sección segunda no hubiese maniobrado, el joven ya habría sido excarcelado. Cumplirá la sentencia (4 años por un petardo contra un cajero que no llegó a explotar) de forma íntegra el próximo 6 de junio, pero el primer recurso se presentó el 4 de enero y la sentencia estaba redactada desde hace tiempo, según reconocieron De Prada y De Diego en su voto particular. La apelación insta a la magistrada a firmar la sentencia y a dar traslado a las partes, liberando a Bustindui.