Alberto PRADILLA
MADRID
SENTENCIA EN EL JUICIO POR TORTURAS A SANDRA BARRENETXEA

La absolución de los cuatro guardias se centra en cuestionar a Barrenetxea

Los cuatro guardias civiles acusados de torturar a Sandra Barrenetxea en 2010 fueron absueltos por la Audiencia de Bizkaia en una sentencia centrada en cuestionar a la víctima.

Los cuatro guardias civiles acusados de torturar a Sandra Barrenetxea fueron absueltos ayer por la Audiencia de Bizkaia. La sentencia, firmada por Reyes Goenaga, Alfonso González Guija y Juan Manuel Irureta, considera que «no han quedado lo suficientemente acreditados» los golpes, las amenazas y las vejaciones sexuales que denunció la bilbotarra tras su detención incomunicada en 2010. El fallo se centra en poner en cuestión el testimonio de la denunciante, buscando sus contradicciones y minimizando la importancia de los peritajes que certificaban la verosimilitud de su relato. Por el contrario, pone en valor el trabajo del forense de la Audiencia Nacional española Juan Miguel Monge, investigado por la Asociación Médica Mundial por supuesta mala praxis en casos de tormento. La acusación pedía 9 años de cárcel para cada uno de los agentes. La Fiscalía y la defensa (que en estos casos siempre trabajan juntas), la libre absolución, que es la tesis que se ha impuesto.

«Alguno de los actos que describe Sandra Barrenetxea poseen fuertes componentes y elementos de inverosimilitud basada en la propia ilógica del comportamiento o acto puntual que describe». Con esta sentencia, los magistrados avanzan su propósito durante buena parte de los 46 folios de la sentencia: atacar el testimonio de Barrenetxea, que es la única prueba directa de lo que ocurrió. Una declaración que, para los togados, «no reúne los elementos necesarios para servir de prueba de cargo» para poner en cuestión la presunción de inocencia de los cuatro guardias civiles.

El papel de los camioneros

Los jueces se escudan en argumentos que oscilan entre el ridículo y la indignación. Muestra de ello es el intento de desestimar el relato de Barrenetxea sobre el viaje desde Bilbo hasta Madrid. En su momento, la arrestada explicó que fue reiteradamente golpeada y que los agentes subieron su camiseta y bajaron sus pantalones. Un hecho que los magistrados ponen en cuestión al considerar que, si se encontraban en una carretera, resulta incomprensible que ningún otro vehículo se hubiese dado cuenta. Entran los magistrados en el terreno de la especulación asegurando que es habitual que los conductores de camiones, si ven algo extraño en un vehículo, avisen a Emergencias, añadiendo que, a día de hoy, también es frecuente que quien circula por una carretera y ve un comportamiento extraño lo grabe con su móvil y lo «cuelgue» en la red. Además, reitera que tuvieron que pasar por un peaje, lo que hace difícil que nadie percibiese lo que estaba ocurriendo en el coche de la Guardia Civil.

No se quedan ahí los togados y, ya enfangados en el terreno del machismo, consideran difícil de creer la versión de que fue desnudada por la fuerza porque quitarle la ropa conllevaría «el empleo de unas maniobras y manipulaciones en las que su colaboración resultaría necesaria, ya que de lo contrario se tornan extremadamente complicadas» por estar sentada y esposada a la espalda.

A la hora de abordar lo que ocurrió en comisaría, los jueces optan por confrontar lo que Barrenetxea declaró ante el forense en el momento en el que se encontraba incomunicada y su posterior denuncia. En este sentido, dedican varios folios a señalar las contradicciones del relato, poniendo énfasis en el trabajo de Juan Miguel Monge, investigado por su mala praxis en caso de maltrato en comisaría. Se da la circunstancia de que en las cuestiones previas, el propio tribunal descartó aceptar como prueba un certificado firmado por Francisco Etxeberria, el responsable de la investigación del Gobierno de Lakua que ha certificado la existencia de más de 4.000 casos de tortura.

Dudas sobre el protocolo

No solo se centra la sentencia en desprestigiar el relato de Barrenetxea, también pone en cuestión los peritajes sicológicos, incluso el realizado por Olatz Barrenetxea, que da verosimilitud al testimonio en aplicación del Protocolo de Estambul, un procedimiento avalado por la ONU para evaluar a víctimas de la tortura. No llega a atacar directamente al protocolo pero sí desliza la duda hacia la sicóloga y su procedimiento, pese a que esta se limitó a aplicar el estándar aprobado por la institución internacional. «Lo que no explica el bloqueo mental que se puede sufrir ante la vivencia traumatizante y la sucesión y variedad de actos de contenido violento es que se evidencien contradicciones muy significativas y de importancia entre lo que se describe en la denuncia y lo que posteriormente se manifiesta en sede judicial», llega a afirmar la sentencia. Lo que no menciona es la identificación que, sin ningún género de dudas, que la bilbotarra efectuó de tres de los cuatro guardias.

La defensa de los uniformados, por su parte, pidió abrir un procedimiento por «denuncia falsa» al término de la vista oral celebrada en marzo. Una petición que los jueces desestiman, reconociendo que «no tenemos prueba indiciaria de que la denuncia sea falsa». Se trata de un malabarismo dialéctico con el cual reconocen que no pueden considerar que la querella por malos tratos no sea veraz, pero que no existen los indicios suficientes para quebrar la presunción de inocencia de los uniformados. Es decir, que cree que su relato «no ha quedado suficientemente acreditado», pero tampoco se atreve a rebatirlo del todo, por lo que no acepta la solicitud del abogado de los cuatro guardias civiles.

Jone Goirizelaia, abogada de Barrenetxea, manifestó tras conocer la sentencia que esta constituye una prueba más de cómo la incomunicación facilita la impunidad de la tortura en comisaría. Según explicó, la carga de la prueba queda exclusivamente en el testimonio de la víctima, a quien se le exige una concreción que resulta «imposible». Queda la opción de recurrir ante el Tribunal Supremo español, una alegación que la letrada decidirá cuando lo consulte con su clienta.

 

Sortu denuncia que el fallo es otra muestra de «impunidad»

Sortu fue la única formación vasca que reaccionó ante la sentencia y consideró que la decisión de la Audiencia Provincial de Bizkaia de absolver de todos los delitos a los cuatro guardias civiles que fueron juzgados, el pasado mes de marzo, por las torturas denunciadas por Sandra Barrenetxea «demuestra una vez más la impunidad que sigue manteniendo la tortura en este país». La formación abertzale, en un comunicado, recordó que Barrenetxea identificó a tres de ellos en el juicio y resaltó que su «estremecedor» testimonio «fue certificado por el Protocolo de Estambul».

A su juicio, «sería un escándalo si se confirmara que los jueces no hubieran tomado en consideración este método que certifica la veracidad de los relatos de torturas, homologado internacionalmente». En esa línea, apuntó que «de los 5.657 casos de tortura recogidos en Euskal Herria, han sido muy poquitos los que no han quedado impunes» e incidió en que esta práctica «ha sido sistemática y la han padecido muchísimas personas». A su entender, «la impunidad de la tortura resulta aún más dolorosa en este momento en el que avanzamos hacia un escenario nuevo».

La secretaria general de Podemos-Ahal Dugu, Nagua Alba, censuró el «machismo» del fallo judicial en un tuit.GARA