R.S.

Rajoy concede a «lobbies» de víctimas una vía para presionar contra excarcelaciones

El malestar expresado por organizaciones de víctimas tras la sentencia europea contra la «doctrina Parot» se ha traducido en una reforma legal que les posibilita incidir contra las excarcelaciones, aunque obviamente la última decisión será de los jueces. Por ejemplo, si la pena es superior a cinco años podrán recurrir aunque no estén personados en el caso.

El mismo día en que se conoció la sentencia europea que anulaba la doctrina de alargamiento de condenas y dejaba libres a decenas de presos vascos, los ministros de Interior y Justicia recibieron a las presidentas de la Fundación de Víctimas del Terrorismo y la AVT para tranquilizarles. Aquella tarde comenzó a tomar cuerpo una idea que ayer, en el Consejo de Ministros, ha cuajado ya en un proyecto de ley que saldrá adelante en las Cortes gracias a la mayoría absoluta del PP. Se trata del llamado Estatuto de la Víctima del Delito. Lógicamente, su formulación ha acabado yendo más allá de las víctimas de atentados de ETA, pero este es su origen.

El objetivo básico de este cambio legal es posibilitar a estas víctimas nuevas herramientas para incidir en los procesos legales contra los presos correspondientes. Así, podrán recurrir su libertad condicional aunque no estén personadas en el procedimiento, en el caso de que la pena sea superior a cinco años de prisión (es decir, en todos los casos en que se haya establecido «pertenencia a ETA»).

«Además, se les comunicará cómo acceder a asesoramiento legal y, si lo solicitan, se les informará sobre todo el proceso penal», indica el proyecto de ley validado ayer por el Gobierno Rajoy, en su última sesión antes de las vacaciones veraniegas.

La principal novedad, según subraya el propio Ejecutivo, estriba en que estas víctimas dispondrán de «derechos procesales» independientemente de que estén o no personadas en la causa penal correspondiente.

En consecuencia, además de lo anterior se le informará sobre cuándo se celebrará el juicio, se le notificarán sentencias y sobreseimientos, así como medidas cautelares y eventuales puestas en libertad y se les comunicarán las resoluciones judiciales que se produzcan sobre estos presos (permisos de salida, por ejemplo).

Anonimato y otros blindajes

Cuando el proyecto se convierta en ley, estas víctimas podrán recurrir los sobreseimientos de los casos en un plazo de veinte días. Hasta ahora únicamente eran tres, «lo que suponía que en la práctica se dificultaran extraordinariamente estas impugnaciones, porque era prácticamente imposible personarse e interponer el recurso en tan poco tiempo», indica el Gobierno del PP.

Se les otorga igualmente la facultad de impugnar las resoluciones por las que el juzgado autoriza la posible clasificación en tercer grado de alguna persona presa antes del cumplimiento de la mitad de la condena, «así como los beneficios penitenciarios autorizados cuando estos se hayan acordado en función del límite de cumplimiento de condena y no de la suma de las penas impuestas».

Todo ello se justifica como un intento de mejorar su seguridad y también como una fórmula para «evitar una segunda victimización». Así, se introducen otras medidas como «reducir al mínimo los reconocimientos médicos a los que son sometidas las víctimas durante la fase de investigación» y «proteger su intimidad a través de una especial reserva en todo lo relativo a sus datos de carácter personal y a su imagen, que no podrán ser divulgados por los medios de comunicación».

La reforma legal se blinda finalmente ante el auge de la llamada «justicia reparadora», que tiene un carácter más progresista y va en la línea de la «justicia transicional».

El proyecto del Gobierno español deja claro que esta «solo será posible si la víctima y el infractor consienten, y si este último realiza un reconocimiento previo de los hechos esenciales de los que se deriva su responsabilidad».

En casos de violencia de género, se avisará por sistema

De rebote, la reforma impulsada para satisfacer a ciertos grupos ultras de víctimas de ETA trae novedades para otros colectivos como las víctimas de violencia machista. Así, el proyecto establece que «serán informadas de la puesta en libertad de su agresor sin que lo soliciten, salvo que manifiesten expresamente su deseo de no ser notificadas».

Estas medidas de protección se extremarán para personas a las que se considere «especialmente vulnerables». En el listado anticipado por el Gobierno español, se cita a «menores, personas con discapacidad, víctimas de delitos sexuales, víctimas de trata de seres humanos, terrorismo, violencia sobre la mujer y grandes siniestros con víctimas múltiples».

En este mismo ámbitos de los crímenes de carácter machista, el artículo 10 del proyecto de ley incluye lo que el Consejo de Ministros califica como «importante novedad, consistente en que los hijos menores de víctimas de violencia de género o violencia doméstica tendrán derecho a las mismas medidas de asistencia y protección a las víctimas de estos delitos». El proyecto pasa ahora al Congreso. R.S.