Juan Ignacio Mendizabal Ugalde

Por la protección del edificio del Naútico

Tras la reciente intervención arquitectónica llevada a cabo en el edificio del Real Club Náutico de Donostia, promoví hace unos meses una recogida pública de firmas para reclamar la restitución de las características originales de dicho edificio.

Hace unos días se han entregado a las instituciones competentes (Ayuntamiento de Donostia y departamentos de Cultura de la Diputación y del Gobierno Vasco) las firmas en apoyo de esta demanda. Entre ellas encontramos, junto a las de muchos ciudadanos concienciados con la conservación y el respeto de nuestro patrimonio, las de numerosos artistas y profesores de Bellas Artes como Pedro Osákar o Asier Laspiur, personas vinculadas a la cultura como Javier González de Durana, exdirector del Artium o del Museo Balenciaga, o arquitectos como Iñaki Ábalos (director de Arquitectura de la Universidad de Harvard), Wiessel de Jonge (arquitecto holandés especializado en la restauración de edificios del Movimiento moderno y presidente del patronato para la restauración de la Villa Tugendhadt de Mies van der Rohe) o Waverly Lowell, responsable del Archivo de Arquitectura de la Universidad de Berkeley (California) entre otros muchos.

Lo más sorprendente de este caso es que la Declaración del edificio del Náutico como Bien Cultural con la categoría de Monumento, aprobada por el Gobierno Vasco en el año 2000, señala expresamente que los elementos originales del edificio son objeto de Especial protección, y que las intervenciones posteriores que (cito textualmente) «entorpecen la correcta lectura del edificio original de 1929» son elementos modificables, mencionando específicamente las fachadas «en lo relativo a recuperar la composición y tratamiento original de los elementos que la componen». Por si no quedara suficientemente claro, en su artículo 12 la declaración señala, entre las intervenciones permitidas, aquellas que busquen «la restauración del espacio arquitectónico y el restablecimiento en su estado original de las partes alteradas», así como «la reconstrucción filológica de partes del edificio derrumbado o demolido», «la conservación o restablecimiento de la distribución y organización espacial originales» o la eliminación de elementos «que contrasten negativamente con las características originales» del edificio. Sin embargo, nada de esto se ha hecho.

Mientras que en otros países se han realizado ejemplares restauraciones de edificios contemporáneos al Náutico (como la ya mencionada Villa Tugendhadt, La Biblioteca de VIiipuri de Alvar Aalto o la Vila Savoye de Le Corbusier), la intervención en el Club Náutico opta por acrecentar aún más la diferencia que presentaba, antes de la reforma, el edificio respecto a su estética original. De entrada, la intervención emplea materiales que contrastan radicalmente con los del edificio de Labayen y Aizpurua, como el vidrio de los antepechos de las escaleras de acceso y la cubierta a cota de calle, o la madera que recubre a esta última y a los volúmenes prismáticos que de ella emergen, y construye el innecesario pórtico de acceso a la discoteca. Pero también se han alterado los volúmenes, como ocurre con la instalación de aire acondicionado sobresaliendo de la cubierta del edificio, o la introducción de las plataformas elevadoras (cuya función podía cumplir la plataforma sube-escaleras que ya existía, desde el 2010, para acceder a las instalaciones del club). Todo ello, como ya he mencionado, desvirtúa y altera gravemente la visión de un edificio tan singular, y acrecienta y exagera las diferencias con sus características originales.

Ante la polémica suscitada por dicha intervención, y la repercusión de la petición que con el lema «Respeten el Club Náutico» se puso en marcha a través de la plataforma change.org, únicamente la Diputación de Gipuzkoa respondió, declarando, incomprensiblemente, que la obra del Náutico cumple la normativa. Ignoro a qué normativa se refiere cuando afirma esto, pero es evidente que no puede ser a la del decreto 288/2000, de 26 de diciembre, del Gobierno Vasco, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, el edificio del Real Club Náutico de Donostia-San Sebastián. Son tantas y de tal calibre las determinaciones incumplidas, que cualquiera puede darse cuenta de que la reforma llevada a cabo contradice dicha normativa, redactada expresamente para proteger el edificio. A pesar de todo, dicha reforma ha contado con el visto bueno de los organismos de control de la Diputación y del Ayuntamiento, y es por ese motivo por el que solicitamos de estas instituciones que respeten la Declaración del Club Náutico como Monumento, y pongan en marcha los mecanismos necesarios para conseguir su principal objetivo: que este emblema del Movimiento Moderno, una de las joyas arquitectónicas de nuestra ciudad, recupere su configuración original de 1929.

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