NAIZ
IRUÑEA

Deniegan el régimen de semilibertad a Diego Yllanes, autor de la muerte de Nagore Laffage

Diego Yllanes, el médico de Iruñea que mató a Nagore Laffage en los sanfermines de 2008, no accederá al régimen de semilibertad. Así lo ha decidido la Audiencia de Nafarroa, que ha denegado la solicitud de la defensa.

Joseba Asiron junto a la madre de Nagore Laffage. (Iñigo URIZ / ARGAZKI PRESS)
Joseba Asiron junto a la madre de Nagore Laffage. (Iñigo URIZ / ARGAZKI PRESS)

La Audiencia de Nafarroa ha denegado el acceso al régimen de semilibertad a José Diego Yllanes Vizcay, condenado a 12 años y 6 meses de prisión por matar a la joven Nagore Laffage, perpetrado el 7 de julio de 2008 en Iruñea.Pese a que Yllanes ya cuenta con permisos desde 2014, el régimen de semilibertad le habría permitido tan solo pasar ocho horas al día en prisión.

La Sección Segunda de la Audiencia confirma la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Aragón, que acordó la continuidad en segundo grado de Yllanes en el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza).. En su fundamentación, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria recordaba que, pese a que el interno «viene desarrollando una conducta penitenciaria adaptada y favorable» y que ha disfrutado de varios permisos de salida «sin incidencia negativa alguna», no cumple las tres cuartas partes de la condena hasta el 17 de noviembre de 2017.

Por este motivo, según destacaba el Juzgado, «conjugando la naturaleza, entidad y alarma social que comportó la comisión de dicho delito con la lejanía de la fecha de cumplimiento», que se extinguirá el 31 de diciembre de 2020, «resulta adecuado mantenerlo en el segundo grado para que consolide el régimen de intervención penitenciaria, el disfrute de permisos y las actividades evaluadas favorablemente que, de seguir en esa línea, podrán comportar su acceso al régimen de vida en semilibertad».

Frente a esta resolución, la defensa del condenado recurrió alegando que «ya lleva cumplidos casi ocho años de prisión» y que alcanzará los dos tercios de la condena este noviembre. También argüía que todos los profesionales de la cárcel califican de «excelente su comportamiento y evolución» y es «altamente valorado por sus compañeros del módulo terapéutico de respeto».

La Audiencia, sin embargo, destaca cómo el interno silencia por completo los argumentos de la resolución del Juzgado de Vigilancia. Así, sostiene que no cabe obviar que por mucho que Yllanes «sea un delincuente primario, el único delito que ha cometido es de un excepcional calado», un episodio «violento que culmina con la muerte de la joven, por estrangulamiento, cuyo cuerpo presentaba 38 heridas externas e internas, mientras que el apelante resultó levísimamente lesionado a consecuencia de los intentos de defensa de la víctima».