NAIZ
MADRID

La Fiscalía pide una pena mayor para Urdangarin y Torres por ser «instigadores» de la corrupción

La fiscal Ángeles Garrido ha defendido ante el Tribunal Supremo un incremento de las penas impuestas por la Audiencia de Palma a Iñaki Urdangarin, cuñado del rey español, y a su exsocio Diego Torres, a quienes considera «motor de toda la secuencia» de los delitos cometidos mediante el Instituto Nóos. Para el primero ha solicitado que se incremente la condena inicial de 6 años y 3 meses de prisión hasta los 10 años.

Cristina de Borbón e Iñaki Urdangarin, a las puertas del juzgado de Palma, en una imagen de archivo. (Jaime REINA/AFP)
Cristina de Borbón e Iñaki Urdangarin, a las puertas del juzgado de Palma, en una imagen de archivo. (Jaime REINA/AFP)

En su defensa del recurso contra la sentencia del ‘caso Nóos’, en el que pide que se aumente la pena de Urdangarin de 6 años y 3 meses a 10 años, la fiscal Garrido ha explicado que ambos fueron el «motor» de los delitos que se juzgaron y, en el caso de la corrupción a funcionarios de Mallorca, ha destacado la «reprochabilidad» de su conducta.

«De ellos partió la iniciativa y ellos fueron los instigadores para la corrupción en los funcionarios públicos», ha destacado sobre la parte balear del caso Nóos, por lo que no se les debe aplicar, ha defendido, la pena en su grado inferior.

En relación a la trama valenciana de Nóos, ha explicado que «en la Administración Pública no se puede hacer todo lo que se quiere» y que hubo delito en los convenios públicos para que el Instituto Nóos de Urdangarin y Torres organizara las cumbres Valencia Summit.

Según Garrido, en la Administración «no rige el principio de autonomía y libertad» y en este caso prevalecieron «intereses particulares, haciéndolos prevalecer sobre intereses públicos», cuando se entró «en el ámbito de la arbitrariedad».

Hubo, ha dicho, una «omisión absoluta de un procedimiento administrativo» y no existió «otra cosa que la voluntad y el concierto entre el señor Urdangarin y Torres y los funcionarios para que se firmaren estos convenios», sin que se justificara el gasto.

En los convenios públicos con Nóos en la Comunitat Valenciana, ha insistido, se omitió «el principio de eficacia y eficiencia» y «era necesario justificar las razones por las que se excluyó el concurso y la publicidad», cosa que no se hizo.

Urdangarin fue condenado a seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.533,68 euros por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación (dos años y ocho meses de prisión), uno de fraude a la Administración pública (siete meses), uno de tráfico de influencias (un año) y dos delitos contra la Hacienda Pública (un año cada uno) y a responsabilidad civil.

La pena impuesta fue no obstante bastante inferior a los 19 años de cárcel que pedía para él inicialmente la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en las Illes Balears, el País Valencià y Madrid y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.