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El Gobierno español asegura que las inmatriculaciones hechas por la Iglesia son «plenamente válidas»

El Gobierno español ha encargado un listado de todos los bienes inmatriculados por la Iglesia católica desde 1998 hasta la derogación del artículo que permitía esta práctica, y ha destacado que todas estas inmatriculaciones son «plenamente válidas» por lo que no ve «procedente realizar ninguna acción».

La catedral de Iruñea es uno de los bienes que inmatriculó la Iglesia católica.
La catedral de Iruñea es uno de los bienes que inmatriculó la Iglesia católica.

En una respuesta parlamentaria al diputado del PSOE Antonio Hurtado, el Gobierno de Mariano Rajoy ha señalado que el Ministerio español de Justicia ha pedido al Colegio de Registradores de la Propiedad una relación de todas las inmatriculaciones llevadas a cabo por la Iglesia en virtud del artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

Esta Ley permitió inmatricular, solo en Nafarroa, 1.089 edificios. Y no solo edificios relacionados con el culto, ya que la Iglesia se apropió hasta de un frontón.

Este artículo fue derogado en 2015 y, a partir de entonces, esta práctica que contemplaba el privilegio de la Iglesia de equiparar al personal diocesano con los funcionarios públicos y le permitía realizar la primera inscripción de un bien en el Registro de la Propiedad, dejó de ser legal.

Según responde el Ejecutivo, todas las inmatriculaciones de bienes por parte de la Iglesia Católica llevadas a cabo hasta la modificación de la Ley Hipotecaria «se han realizado al amparo de la ley y cumpliendo con la legalidad vigente en cada momento».

A partir del 25 de junio de 2015 «para practicar inmatriculaciones a favor de la citada Iglesia, deberá acudirse a los medios inmatriculadores ordinarios», señala. «Pero las inmatriculaciones practicadas con anterioridad son plenamente válidas» y »los asientos del registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en la Ley».

Por tanto, el Ejecutivo español concluye que «no se entiende procedente realizar ninguna acción por considerarse que no hay ninguna legalidad conculcada».