naiz
Bilbo

Mantienen las peticiones de entre 20 y 25 años para el acusado de matar a Arantza Palacios

La Fiscalía, la acusación particular, la acción popular (en nombre del Ayuntamiento de Bilbo) y la Abogacía del Estado han mantenido que se trata de un delito de «asesinato con agravante de parentesco y especial vulnerabilidad de la víctima» por el que piden entre 20 y 25 años para el acusado de haber matado a Arantza Palacios en Bilbo en 2016.

Manifestación en Bilbo tras la muerte de Arantza Palacios. (Monika DEL VALLE / FOKU)
Manifestación en Bilbo tras la muerte de Arantza Palacios. (Monika DEL VALLE / FOKU)

En la sesión de hoy todas las partes personadas en la causa han elevado a definitivas sus conclusiones provisionales. Por su parte, la defensa considera que la muerte se produjo de forma natural o accidental y ha pedido la absolución. Según el informe de la autopsia, la muerte de la mujer fue violenta y por asfixia.

En la fase de lectura de los informes, el Ministerio Público ha manifestado que «se desconoce el móvil del crimen», pero ha considerado que «quizás actuó como mero detonante el hecho de que se sintiera sobrecargado por tener que cuidar a su novia», que se encontraba en mal estado los días antes de su muerte.

La acusación particular ha recordado que la puerta y ventanas de la casa no se encontraban forzadas, por lo que el acusado «es el único autor posible», y sobre el móvil ha reconocido que «resulta imposible un análisis racional. No hay que buscar un motivo», ha opinado.

La letrada representante del consistorio de Bilbo ha enmarcado esta muerte en la violencia machista y tras recordar los antecedentes por violencia de género del acusado, ha opinado que «la asesinó porque le molestó que ella no se sujetara a su dominio y se dejó llevar por la ira».

La abogada del Estado, por su parte, ha recordado que según los forenses de la Audiencia, la víctima «no pudo asfixiarse sola» a la vez que ha evidenciado que en la casa «solo estaban la madre y el novio».

El defensor, por su parte, ha destacado que para condenar a una persona a 20 años de cárcel «hay que tener pruebas de cargo objetivas y sólidas», que en este caso no existen, porque hubo un atestado policial «desastroso» y que la acusación se basa en el «elemento circunstancial» de que el acusado estaba en la vivienda. «Existen dudas más que razonables sobre cómo sucedieron los hechos y por ello, 'in dubio pro reo', el veredicto debería ser no culpable», ha dicho el defensor.