NAIZ
MADRID

Las defensas cuestionan la competencia del Tribunal Supremo para juzgar la causa del 1-O

Las defensas de los 18 encausados por el referéndum del 1-O han defendido durante la vista de cuestiones previas –trámite que sirve de prólogo al juicio que comenzará previsiblemente en enero– que los hechos que se imputan a los líderes catalanes como constitutivos de rebelión ocurrieron en Catalunya y, que por tanto, la competencia para juzgarlos corresponde al Tribunal Superior de Justicia en Catalunya (TSJC).

El magistrado Manuel Marchena, presidente del tribunal, junto a los jueces Andrés Martínez y Juan Ramón Berdugo. (POOL EFE)
El magistrado Manuel Marchena, presidente del tribunal, junto a los jueces Andrés Martínez y Juan Ramón Berdugo. (POOL EFE)

Con una enorme expectación mediática –más de 200 periodistas acreditados–, a las 10.05 ha dado comienzo en el Tribunal Supremo español la vista del artículo de previo pronunciamiento en la causa contra los líderes independentistas.

Se trata del trámite de cuestiones previas que servirá de prólogo al juicio contra los 18 dirigentes catalanes –que no estarán presentes en la sesión–, para los que se piden penas de cárcel por delitos de rebelión, sedición, desobediencia y malversación de caudales públicos.

Esta ha sido la primera vez que ha podido verse conformada la Sala, que integran Manuel Marchena como presidente y los magistrados Antonio del Moral, Luciano Varela, Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta, Ana María García Ferrer y Andrés Palomo.

A un lado del tribunal se han situado dos representantes de la Fiscalía, Jaime Moreno y la exfiscal general del Estado Consuelo Madrigal; el de la Abogacía del Estado, que ejercerá de modo provisional este martes tras la sustitución de Edmundo Bal; los letrados de Vox, que ejerce la acusación popular; y los abogados de los 18 acusados.

La expectación es tal que solo para este asunto previo se han acreditado hasta 70 medios de comunicación y 226 periodistas, que cubren la vista distribuidos entre la propia sala en la que se celebra, la biblioteca del Tribunal Supremo, su salón de actos y la denominada ‘sala de la aspirina’ –que debe su nombre a una gran mesa redonda colocada en el centro de esta habitación circular–.

Con esta vista de carácter técnico la Sala Segunda del alto Tribunal pone en marcha la fase previa de juicio, en la que los abogados de los 18 dirigentes independentistas han vuelto a insistir en que ese tribunal no es competente ni para estudiar los hechos, ni para enjuiciarlos. Por ello, defenderán que la causa se remita al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) para que celebre el juicio.

El abogado Jordi Pina, que defiende al Jordi Sánchez, Josep Rull y Jordi Turull, ha subrayado que los hechos que se pretenden juzgar en el Supremo se concentran en el 20 de setiembre del pasado año –la concentración multitudinaria frente a la Consejería de Economía– y la celebración del referéndum del 1 de Octubre, ambos ocurridos exclusivamente en Catalunya.

El letrado ha reconocido que el escrito de la Fiscalía habla de que la preparación del referéndum requería acciones que se celebraron fuera del territorio catalán, como fueron la actividad del Diplocat, la creación de un registro de votantes en el exterior, la gestión de locales para votar fuera, la intervención de un ‘lobby’ estadounidense, y la creación páginas web alojadas en otros países, así como la participación observadores internacionales.

No obstante, Pina ha subrayado que ninguna de dichas actividades conforman los elementos típicos de la rebelión –un alzamiento violento o tumultuario– sino que son simples actos preparatorios que no pueden integrarse en este tipo delictivo.

«Lo lógico es que nos centráramos en los delitos que tienen pena mayor, como el de rebelión, y si no integran estos hechos el tipo, la competencia no puede ser del Tribunal Supremo», ha afirmado Pina, que ha extendido esta mismas carencias al delito de malversación que se atribuye a sus defendidos.

En este segundo caso, ha puesto de manifiesto que no hay en los escritos de acusación «la más mínima referencia» a que los acusados hayan participado en ninguno de los hechos relativos al Diplocat o a los registros en el exterior, que se atribuyen además a otras personas que están siendo investigados por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona.

El 9N se juzgó en Catalunya

En el escrito, los acusados no aparecen tampoco ni como inductores ni autores de comisión por omisión de esa malversación, ha apuntado Pina, que ha incidido que en todo caso los acuerdos para realizar dichos trabajos también se adoptaron dentro del territorio de Catalunya.

También ha comparado esta causa con el juicio por la consulta del 9-N que se celebró en el TSJC, donde se aportaron como prueba fotografías de votos en el exterior «y allí a nadie se le ocurrió que la competencia fuera del Supremo».

Con estos argumentos ha coincidido Van Den Eynde, el abogado de Oriol Junqueras y Raül Romeva, quien ha manifestado que el acto que se ha celebrado este miércoles «es una vista sobre un modelo de crisis» y ha incidido en que la mayor parte de la Instrucción en el Supremo ha consistido en un volcado de la realizada por el Juzgado número 13. «El proceso no ha seguido las reglas del proceso debido», ha dicho.

Piden declarar en catalán

«Se ha producido una confección artificial del procedimiento que tiene que ver con derechos fundamentales», ha indicado Van Den Eynde, ya que la consecuencia es que los acusados ven vulnerados su derecho a una doble instancia, pues la condena en el Supremo no podrá ser revisada en una instancia superior. «No se recoge ningún hecho extraterritorial, no se ha investigado ningún acto internacional», ha subrayado.

En otro orden de cosas, Pina ha anunciado que solicitará que el juicio, de celebrarse finalmente en el Supremo, permita a los acusados expresarse en catalán y que para ello solicitará que se facilite «traducción simultánea, no consecutiva» durante la celebración del juicio.