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El Supremo avisa de la gravedad del «silencio cómplice» del entorno de la víctima de violencia machista

El Tribunal Supremo (TS) ha avisado de la gravedad del «silencio cómplice» del entorno de la víctima de violencia machista así como del «acoso cómplice» del entorno del agresor, algo que lleva a sentir «soledad» a la mujer maltratada y se convierte en «una losa» para ella «cuando quiere denunciar y no encuentra ayuda».

Manifestación en Iruñea en junio del año pasado, en protesta por la puesta en libertad de los cinco miembros de «la manada». (Idoia ZABALETA/FOKU)
Manifestación en Iruñea en junio del año pasado, en protesta por la puesta en libertad de los cinco miembros de «la manada». (Idoia ZABALETA/FOKU)

El Tribunal Supremo avisa de la gravedad del «silencio cómplice» del entorno de la víctima de la violencia machista. Lo manifiesta en una sentencia del 4 de julio en la que condena a 16 años y 11 meses de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual a su pareja, dos delitos de lesiones graves, un delito leve de injurias y otro de maltrato con lesiones leves.

«El sentimiento de temor de las víctimas ante lo que pueda ocurrir es lo que provoca el rechazo a la denuncia, junto con la falta de ayuda de su entorno, e, incluso, como aquí ha ocurrido, la oposición a que mantenga los hechos agresivos que han ocurrido y que el Tribunal ha declarado probados», argumenta el alto tribunal.

No denunciar no puede poner en duda la credibilidad

En su sentencia, el TS absuelve al condenado de un delito de amenazas, modificando así la pena que le impuso la Audiencia Provincial de Bizkaia a 17 años y 9 meses, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera probado que el condenado agredió a su pareja causándole numerosas lesiones y también le insultó y maltrató con carácter previo a la violación.

De hecho, el TS ampara la condena por dos delitos de lesiones graves por hechos ocurridos anteriormente y que la víctima ocultó señalando, cuando fue asistida médicamente, que fueron provocadas accidentalmente y no por agresión de su pareja. Según recalcan desde el Supremo, el tribunal de instancia entendió que la víctima dijo la verdad en el juicio, aunque previamente ocultó el maltrato.

En esta sentencia, con ponencia del magistrado Vicente Magro, el TS apunta que sucede con frecuencia que hay episodios de maltrato que no se denuncian en su momento y, cuando ocurre un hecho grave, como aquí fue el de la violación, se pone en conocimiento de la autoridad para acabar con ese estado de victimización.

Así, el tribunal indica que «la falta de denuncia de hechos previos por la víctima no puede convertirse en dudas acerca de su credibilidad por su denuncia tardía», cuando coexisten dos variantes como el silencio de familia y amigos así como la presión del círculo del agresor.

El TS recuerda que la Audiencia de Bizkaia apuntó la necesidad de no pasar por alto «la soledad y vulnerabilidad» que transmite la situación de seguir adelante con una denuncia por malos tratos. La víctima, según expuso, «en el momento en que sigue adelante con la denuncia que deriva de la llamada a la Policía, se queda sola y ve que todos sus paisanos y paisanas declaran en favor del acusado» hasta el punto de «organizar eventos para apoyarle» y cuestionar la credibilidad de la víctima, de manera que «parece probable que ella percibiera ese devenir y motivara que no quisiera denunciar nunca».

Para el Tribunal Supremo, esta «es una valoración sumamente importante» a los efectos de «hacer notar la situación de soledad de muchas víctimas de violencia de género que se encuentran solas ante el maltrato que sufren. Y lo están ante su agresor, por descontado, pero lo más grave es la soledad en la que se encuentran ante su propio entorno y el entorno del agresor, ya que ello es lo que provoca y coadyuva al silencio de las víctimas ante el maltrato», manifiesta al respecto.

A su entender, esta situación provoca «que en muchos casos las víctimas no denuncien». De hecho, el TS avisa de que si denuncian y «perciben esta falta de apoyo de su entorno, o, incluso, la presión del agresor», terminan negándose a declarar, «lo que viene a operar a favor del agresor».

«Se habla, así, del silencio cómplice del entorno de la víctima de malos tratos y el acoso cómplice del entorno del agresor, o llegar mucho más lejos, como reconoce el Tribunal en este caso, cuestionando ese entorno del agresor la credibilidad de la víctima en estos momentos, negando la existencia del maltrato», subraya.

Doble victimización

«El retraso en la denuncia en estos casos no puede ser sinónimo de duda de credibilidad por suponer una característica, cuanto menos extraña y especialísima, en esta criminalidad de género, y factor a tener en cuenta a la hora de analizar la declaración de la víctima, ya que este debe valorarse dentro de este contexto al que nos hemos referido, donde el sufrimiento que ha padecido la víctima ante los hechos de maltrato se ve incrementado por el sufrimiento ex post de la propia sociedad, de su entorno más directo, y del entorno del agresor», concluye el TS.

El alto tribunal avisa de la «doble victimización» que esto supone para una víctima de violencia de género y afirma que «hace comprensibles estas reacciones de negativas a denunciar» o a negarse a declarar en el juicio para «beneficiar a los agresores».