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La comisión para valorar «abusos policiales» entre 1978 y 1999, en marcha pronto en la CAV

Tras un complejo camino legal y aprobado ya el decreto preceptivo, el Gobierno de Lakua ha anunciado hoy que pronto se pondrá en marcha la comisión que valorará la solicitudes de reparación de víctimas de la violencia estatal entre 1978 y 1999. Jonan Fernández ha referido ya unas 200 solicitudes.

Larrinaga y Muguruza, de Egiari Zor, que anima a solicitar este reconocimiento. (Luis JAUREGIALTZO | FOKU)
Larrinaga y Muguruza, de Egiari Zor, que anima a solicitar este reconocimiento. (Luis JAUREGIALTZO | FOKU)

El Gobierno de Lakua pondrá en marcha «próximamente» la comisión que valorará las solicitudes de reparación presentadas por víctimas de los llamados oficialmente «abusos policiales» al amparo de la ley. Una evaluación que, tras los límites impuestos por los recursos al Tribunal Constitucional, en ningún caso podrá implicar una revisión sobre la autoría de hechos sobre los que ya exista una sentencia firme.

El inicio de los trabajos de este órgano, para cuya puesta en marcha aún no hay una fecha concreta, será posible tras la aprobación, este martes, del decreto que define el funcionamiento de esta comisión de valoración.

El decreto, aprobado por el Consejo de Gobierno, desarrolla la ley aprobada en la CAV para el periodo entre 1978 y 1999. Esta norma fue aprobada inicialmente en 2016, aunque en 2019 fue reformada, tras un acuerdo entre los Gobiernos de Madrid y Gasteiz, con el fin de resolver las dudas sobre su constitucionalidad.

Pese a dicha reforma, destinada a garantizar que la norma no suponía intromisión alguna en la labor de los tribunales de justicia, el PP y Ciudadanos recurrieron el texto ante el Tribunal Constitucional, aunque esta impugnación -pendiente de resolver- no ha supuesto la suspensión de la ley.

El secretario general de Derechos Humanos del Gobierno Jonan Fernández, ha subrayado que la ley se encuentra plenamente «en vigor» y ha añadido que «confiamos en poder desarrollarla con normalidad».

Ha añadido que hasta ahora se han recibido más de 200 solicitudes. Egiari Zor ha hecho un llamamiento a solicitar este reconocimiento, sin obviar la insuficiencia general del marco legal.

A esta cifra se le añaden otros cien expedientes, presentados al amparo de un plazo extraordinario para presentar peticiones por abusos policiales cometidos entre 1960 y 1978, unas vulneraciones de derechos humanos cuyo reconocimiento se preveía ya en una norma anterior del Gobierno de Lakua.

El decreto determina la forma de actuación de la comisión de valoración, cuya función es valorar las solicitudes presentadas y proponer, cuando proceda, la declaración de la condición de víctima y, en su caso, las medidas de reparación o la denegación de la solicitud presentada.

Diferentes supuestos

El texto, aprobado este martes, incluye clasificación de los diferentes supuestos en que pueden encontrarse las víctimas: fallecimiento, lesiones permanentes en sus diferentes grados de incapacidad, lesiones permanentes no invalidantes, y casos de maltrato grave y lesiones de carácter no permanentes.

Además, se regulan los principios de actuación de la comisión de valoración, que se dedicará analizar las solicitudes presentadas y proponer la declaración de la condición de víctima o su denegación.

El decreto subraya las obligaciones que atañen a la comisión, que deberá garantizar que, en ningún caso, se produce por su parte una «invasión de la función jurisdiccional».

Por ese motivo, en aquellos casos en los que la comisión tenga conocimiento de la existencia de causas judiciales o procedimientos administrativos sancionadores abiertos, se deberá suspender la tramitación del procedimiento. Además, la comisión denegará aquellas solicitudes «que impliquen una revisión de la autoría sobre los hechos relacionados con daños (...) declarados probados mediante declaración judicial o administrativa».

Los miembros de la comisión deberán suscribir un compromiso de confidencialidad previo al acceso a los expedientes, que se extenderá tras su cese. Por otra parte, se regulan las garantías de los derechos de terceras personas que concurran en los expedientes administrativos, entre los que se incluyen el derecho al honor, a la presunción de inocencia y a la protección de datos de carácter personal.

A su vez, las relaciones de este grupo de trabajo con autoridades, organismos y entidades o personas públicas o privadas se desarrollarán «bajo el principio de colaboración interinstitucional» y tendrán carácter voluntario.