NAIZ

El Supremo aprecia falta de transparencia en las hipotecas con IRPH, pero no abusividad

El Tribunal Supremo ha dictaminado que que en las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) existe falta de transparencia, pero no abusividad. IRPH Stop Gipuzkoa ha denunciado que «el Supremo ha perpetrado su segundo intento de salvar a la banca».

Protesta contra la aplicación del IRPH. (Andoni CANELLADA / ARGAZKI PRESS)
Protesta contra la aplicación del IRPH. (Andoni CANELLADA / ARGAZKI PRESS)

El Tribunal Supremo ha determinado que en las hipotecas ligadas al Indice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) existe falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del mismo, pero no abusividad.

La Sala Primera del Alto Tribunal se ha pronunciado en el Pleno convocado este miércoles, si bien esta deliberación corresponde a cuatro recursos de casación concretos en relación con la cláusula de interés variable del IRPH. El quinto recurso sobre IRPH que debía tratarse en este mismo Pleno aún no se ha resuelto porque presenta un perfil diferente al versar sobre una vivienda de protección oficial.

Así, en los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia de Luxemburgo, se ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores. No obstante, los magistrados de la Sala han procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad.

La decisión no ha sido unánime, ya que el fallo ha recibido el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas. El órgano judicial dará a conocer el texto íntegro de la sentencia en los próximos días

«Segundo intento de salvar a la banca»

IRPH Stop Gipuzkoa ha denunciado que, a falta de poder analizar las sentencias «constatamos que el Supremo ha perpetrado su segundo intento de salvar a la banca en materia de IRPH». «Igual que en la primera ocasión, hay un voto particular. En la sentencia de 2017 el voto particular era del magistrado Francisco Javier Orduña, y al mismo se adhirió el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas. Hoy Orduña ya está jubilado, así que Arroyo Fiestas se ha quedado solo», ha añadido.

Y ha recordado que «el propio Orduña, en un artículo de 8 de mayo de 2020 y hablando precisamente de IRPH, decía que 'lo que resulta inviable es desnaturalizar el control de transparencia con el artificio de argumentar que cabe la existencia de una falta de transparencia que, no obstante, no tenga trascendencia al no ser, a su vez, abusiva»'. Y es precisamente lo que pretende el Supremo».

«Así que las dudas sobre la legalidad de la sentencia están servidas, y previsiblemente las tendrá que aclarar el TJUE. ¿Qué ocurrirá? Lo que sucede en estos casos: el TJUE dará la razón a Orduña y a Arroyo Fiestas, y volverá a dejar en ridículo al Supremo. Una vez más», ha manifestado.

Fallo de Luxemburgo

Cabe recordar que la Justicia europea dictaminó el pasado 3 de marzo que el IRPH debe estar sometido al control judicial de los tribunales, quienes deben decidir si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.

La mayoría de magistrados coincide en que la sentencia de Luxemburgo no terminó de despejar las dudas, sobre todo porque después de que se hiciera pública se han dictado sentencias contradictorias. Por esta razón, el Supremo debía volver a pronunciarse al respecto para dar luz a los juzgados y para poder condicionar así la admisibilidad de los siguientes casos.

En cualquier caso, y más allá de este criterio, los jueces han vuelto a solicitar a Luxemburgo que aclare su fallo, ya que este asunto afecta a más de un millón de familias que afrontan una media de 165 euros de más al mes con respecto a quienes tienen Euríbor, lo que suma un perjuicio total de unos 25.000 euros desde 2004 hasta la actualidad, según datos de Asufin.