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Lakua decreta el cierre perimetral de la CAV y restringe la movilidad entre municipios

El Gobierno de Lakua ha decidido confinar perimetralmente todos los municipios de la CAV, lo que significa que los ciudadanos solo podrán salir de sus localidades de residencia por causas justificadas como ir a trabajar, estudiar, ir al médico o atender a familiares que necesitan cuidados.

Una plaza de Lezo, vacía. (Andoni CANELLADA/FOKU)
Una plaza de Lezo, vacía. (Andoni CANELLADA/FOKU)

Tras la reunión del Consejo Asesor del LABI, convocada este lunes de urgencia por el lehendakari Iñigo Urkullu para establecer las medidas en la CAV, la consejera de Salud, Gotzone Sagardui, ha comparecido en rueda de prensa para dar a conocer las nuevas medidas de prevención como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica, que ha calificado de «preocupante».

La consejera ha explicado que esperan publicar este mismo lunes las nuevas restricciones en el BOPV, con la intención de que entren en vigor a las 6.00 de este martes.

Sagardui ha detallado que Gobierno limitará, con excepciones por motivos sanitarios, laborales o de fuerza mayor, la entrada y salida de personas en la CAV, así como los accesos y salidas de los municipios en los que las ciudadanos tengan fijada su residencia.

El Ejecutivo publicará un decreto con estas y otras medidas de prevención para hacer frente a la expansión del coronavirus. El anuncio de estas restricciones, que serán comunes sin distinción de zonas según su afección, se produce el día en que se ha conocido que la CAV ha entrado en zona roja tras superar la tasa acumulada en 14 días de 500 casos de covid por 100.000 habitantes.

Entre las medidas que se incluirán en la norma, se encuentran las ya recogidas por el Gobierno español en el estado de alarma decretado para todo el Estado, como la restricción de movilidad en horario nocturno (de 23.00 a 6.00).

De igual manera, la permanencia de grupos en espacios públicos y privados quedará condicionada a un máximo de seis personas. 

Las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el artículo 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Entre estas actividades necesarias destacan las sanitarias, laborales, profesionales, educativas, cuidado de personas mayores o menores, entre otras.

Asimismo, se establece la limitación de la entrada y salida de personas en el territorio de la CAV. De forma adicional, queda limitada la entrada y salida de personas del término municipal en que las personas tengan fijada su residencia. Se permitirá la movilidad entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas.

Las excepciones contempladas para este punto son también las sanitarias, laborales, profesionales, educativas, cuidado de dependientes, personas mayores o menores, entre otras.

Máximo de seis personas

En el caso de la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas, esta norma no afecta a personas que pertenecen a una misma unidad de convivencia.

Las medidas previstas en este decreto serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, deberán ser analizadas en un plazo no superior a 15 días, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo, a estos efectos, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efectos.