Ion SALGADO
GASTEIZ

Un juzgado anula la aplicación de la «Ley Mordaza» a un periodista de Hala Bedi

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gasteiz ha estimado el recurso presentado por Mikel Sáenz de Buruaga, periodista de Hala Bedi al que la Ertzaintza le aplicó la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como «Ley Mordaza», mientras cubría una actuación policial en el barrio de Errekaleor en mayo de 2017.

El Departamento de Seguridad le impuso una multa de 602 euros por una «falta grave de desobediencia», algo que no ha quedado acreditado a ojos del tribunal, que advierte de que «la parte demandada –el Ejecutivo autonómico – no acredita en vía administrativa la concurrencia de dolo ni culpa».

«No ha quedado suficientemente acreditada la voluntad de incumplir la orden de no rebasar la línea de seguridad policial», apunta la magistrada Rosa Esperanza Sánchez en su fallo, en el que indica que «el testimonio de los agentes en juicio no refleja voluntariedad, o cuando menos, previsibilidad y evitabilidad, como elemento volitivo del dolo». «Podemos decir que el sancionado pudo prever el incumplimiento, pero no pudo evitar su acción porque se movió junto a los demás sin poder frenar el movimiento de la masa. A su vez, no queda acreditado el elemento intelectivo de dolo, esto es, que aceptara la acción en su interior con conciencia de vilipendiar la autoridad, pues no exteriorizó tal conciencia en gestos externos de esa aceptación», añade.

Y señala que la Ertzaintza no identificó a Sáenz de Buruaga hasta que este no pidió a un agente que le diera el móvil con el que había documentado la actuación policial, que estaba «despiezado». «No queda probada la voluntad de incumplir la orden policial, y, por ello, falta la prueba de elemento de culpabilidad de la infracción que se pretende sancionar, lo que nos lleva a estimar no ajustada a derecho la resolución impugnada», asevera la magistrada.

La sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, anula y deja sin efecto la sanción impuesta por el Gobierno autonómico y condena a la Administración al pago de las costas del juicio.