Beñat ZALDUA

El TS pasa la pelota a Batet, que pide un informe sobre los presos

El Supremo volvió a poner en manos del Congreso la suspensión de los diputados presos, en un movimiento que deja entrever los recelos que la decisión genera en las propias instituciones estatales. Mientras, los presos políticos siguen como parlamentarios, algo que JxCat quiere aprovechar para enviar a Jordi Sànchez a reunirse con Felipe VI.

La pelota de los diputados presos sigue bailando de tejado en tejado. El Tribunal Supremo respondió ayer el revés de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, volviendo a poner en manos de la Mesa la suspensión de los diputados presos, que ninguna de las dos instituciones quiere cargar sobre sus espaldas. En un auto remitido ayer al Congreso, los jueces insistieron en que deben ser suspendidos haciendo uso del Reglamento del Congreso.

En su primera reunión, la recién estrenada Mesa decidió, con el apoyo de PSOE y Podemos, pedir un informe a los letrados del Congreso. De entrada, PSOE y Podemos consideran que no se puede suspender a los diputados presos solo con el Reglamento, ya que no se cumple la primera de las tres condiciones requeridas –el suplicatorio–. Por ello, entienden que debe ser el propio Supremo el que tiene que ordenar la suspensión apelando al artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es el que Llarena empleó con los diputados del Parlament. PP y Cs, sin embargo, consideran que el Congreso puede actuar inmediatamente y amenazan con tomar medidas contra Batet. La Mesa se cita de nuevo hoy para decidir si vuelve a poner la patata caliente en manos de los jueces o asume por su cuenta y riesgo la suspensión de Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull.

Una de las razones que podrían explicar el tuya-mía entre Supremo y Congreso es que la suspensión de los diputados no es tan sencilla y limpia como parecía en un inicio. El problema con el que se encuentran ambas instituciones es que existe un agujero legal sobre la suspensión de diputados en un momento procesal como el actual, es decir, en pleno juicio.

Recapitulemos. Consideraciones democráticas al margen, con la ley española en la mano, la suspensión es un procedimiento pautado cuando un preso es condenado –la propia sentencia incluye en este caso la inhabilitación–. Pero no había mayor regulación, algo que HB aprovechó en los 80 para presentar como candidatos a presos preventivos. Para poner freno a esa práctica se añadió ese artículo 384 bis a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual un cargo público puede ser suspendido en el momento en el que el juez instructor firme el auto de procesamiento –antes del juicio–. Las condiciones son que esté acusado de «terrorismo» o «rebelión» y en prisión.

Lo que el poder legislativo no había previsto hasta ahora era la elección como diputados de personas que estaban siendo juzgadas en ese mismo momento, ni antes del juicio ni después. Sencillamente, existe un vacío legal que Supremo y Congreso confían en que rellene el otro.

Si no son suspendidos antes, podría volver a darse otra imagen inédita. Antes de proponer a un candidato para la investidura, Felipe VI realiza una ronda con los partidos con representación parlamentaria, que envían a quien quieran. ERC no acude a la cita, pero JxCat ya anunció ayer mismo que enviará a su cabeza de lista, el preso Jordi Sànchez a la Zarzuela.

2.500 euros de multa

Por otro lado, pero sin salir del Supremo, el tribunal que juzga a los dirigentes catalanes multó ayer con 2.500 euros a los exdiputados de la CUP Antonio Baños y Eulàlia Reguant, que al inicio del juicio se negaron a responder, como testigos, a las preguntas de la acusación popular ejercida por el partido de extrema derecha Vox.