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Kontsumobide podrá acordar las indemnizaciones a usuarios

El anteproyecto de Ley de Estatuto de las Personas Consumidoras de la CAV plantea sanciones a las empresas infractoras y que estas indemnicen a las personas consumidoras por los daños y perjuicios ocasionados por la comisión de infracción. Es una novedad jurídica que no ha sido propuesta en ninguna comunidad autónoma del Estado.

Kontsumobide y la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo de Lakua presentaron ayer el anteproyecto de Ley de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias. Esta ley sustituirá a la actual norma de la CAV sobre el consumo, aprobada hace 15 años.

Explicaron que el anteproyecto busca «la promoción del consumo responsable con criterios de racionalidad y sostenibilidad». Hace especial incidencia en la protección a las personas consumidoras vulnerables y a los colectivos o grupos de personas en situación de inferioridad, subordinación, indefensión o discriminación.

La novedad más destacable es un planteamiento jurídico que, según detallaron, no ha sido formulada hasta la fecha por ninguna comunidad autónoma del Estado español. Con esta modificación, Kontsumobide podrá acordar en sus sanciones a las empresas infractoras que estas indemnicen a las personas consumidoras por los daños y perjuicios ocasionados por la comisión de infracción.

Además de la sanción administrativa, «se determinará el importe de la indemnización, que podrá hacerse efectiva por la propia administración, con el fin de reforzar la protección de la persona consumidora», explicó la consejera de Lakua, Sonia Pérez Ezquerra.

La nueva ley obligará a empresas de servicios a ofrecer información, con carácter previo a su contratación, sobre las incidencias que puedan afectar a su uso en condiciones óptimas. Esto está pensado para que las personas que vayan a contratar sus servicios puedan disponer de información para que puedan, o no, optar por su uso.

En línea con las directrices europeas, se refuerza la inspección de consumo y se autorizará al personal inspector a no identificarse cuando por tal motivo pueda frustrarse la finalidad de su actuación.

Asimismo, la consejera detalló que en las ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual se marcará como opción prioritaria la mediación entre la entidad financiera y su cliente.