Beñat ZALDUA

Los presos catalanes, clasificados en segundo grado

Las respectivas juntas de tratamiento coincidieron ayer en clasificar a los presos catalanes en segundo grado, lo que les permitiría acceder a diversos permisos tras cumplir la cuarta parte de la condena. Aunque las juntas dependen de la Generalitat, la Fiscalía puede recurrir sus resoluciones, dejando la decisión final en manos del Tribunal Supremo.

En los dos meses siguientes a la publicación de una sentencia, la junta de tratamiento penitenciario debe proponer la clasificación del preso. La norma, española, es la misma que se ha aplicado durante décadas a los presos vascos, pero en el caso catalán hay elementos novedosos, ya que la competencia penitenciaria es de la Generalitat. Es decir, las juntas de tratamiento dependen de la conselleria de Justicia. Esto había alimentado especulaciones y –presiones– sobre la clasificación de los dirigentes independentistas condenados, ya que los abogados de JxCat habían exigido a la Generalitat una clasificación en tercer grado que hubiese permitido permisos de inmediato.

Pero las cosas, como podía preverse, no son tan sencillas, ya que la Fiscalía puede recurrir las decisiones de la junta de tratamiento y llevar la carpeta hasta la sala segunda del Tribunal Supremo, la misma que condenó a los dirigentes independentistas. La decisión final sobre el futuro penitenciario de los presos políticos catalanes –incluido un traslado a prisiones españolas que pende siempre como amenaza– no recae, por lo tanto, sobre la Generalitat.

De ahí que en ERC –la conselleria de Justicia está en sus manos–, diesen por buena una clasificación en segundo grado, con la esperanza de que la Fiscalía lo dé por bueno. Esa es la propuesta que realizaron precisamente ayer las diversas juntas de tratamiento, según informó el secretario de Medidas Penales de la Generalitat, Amand Calderó, que añadió que la decisión no fue unánime, dado que algunos profesionales defendieron directamente el tercer grado.

Si la Secretaría da por buena la propuesta de las juntas, los presos podrían acceder a permisos una vez cumplida la cuarta parte de la condena, algo que en el caso de Jordi Cuixart y Jordi Sànchez ocurrirá en enero de 2020. También existe, formalmente, la posibilidad de acceder a permisos a través de los artículos 100.2 y 117 del reglamento penitenciario.