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BARCELONA

El TS español deniega a Junqueras, Forn y Sánchez acudir al Parlament

El juez del Tribunal Supremo español Pablo Llarena ha denegado a los electos presos Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez la posibilidad de que acudan al Parlament catalán. Insta en su auto a la Mesa a que encuentre el modo para que tomen posesión como diputados y puedan delegar su voto.

Junqueras, poco antes de ser encarcelado. (Gabriel BOUYS/AFP)
Junqueras, poco antes de ser encarcelado. (Gabriel BOUYS/AFP)

Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez; los tres encarcelados y los tres recién elegidos diputados en las elecciones del 21D, no podrán acudir a los plenos del Parlament catalán. Así lo ha decidido el juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo español que insta a la Cámara catalana a «habilitar los instrumentos precisos» para que los tres puedan acceder a su condición de parlamentarios. 

El juez declara «la incapacidad legal prolongada» de los tres políticos catalanes para asistir a los debates y votaciones del Pleno del Parlament y afirma que «corresponde a la Mesa del Parlamento arbitrar el procedimiento para que deleguen sus votos en otro diputado, mientras subsista su situación de prisión provisional».

El magistrado asume que los tres siguen manteniendo su derecho a la represenación política pero cree que no es necesaria su presencia en la Cámara para que puedan ejercer su derecho.

El juez observa riesgo de que haya «grave enfrentamiento ciudadano que puede impulsarse o brotar con ocasión del traslado de unos presos que suscitan su apoyo incondicional», por el hecho que que serían «unas conducciones de salida y retorno del centro penitenciario en fecha y horas determinadas, con un punto de destino y regreso bien conocido».

En el auto sobre la decisión que afecta a Junqueras, se subraya que la prisión provisional del político catalán responde al «riesgo de una reiteración delictiva que venía marcada por el mantenimiento de las funciones de representación que detentaba el investigado cuando se perpetraron los hechos que se investigan» y afirma que en el caso de aceptar el permiso extraordinario solicitado por el exvicepresident Junqueras cabe «la posibilidad de que su liderazgo volviera a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de nuestra convivencia». 

A partir de ahí, el juez del TS español incide en que «el comportamiento delictivo que se investiga» se ha caracterizado «no solo por desatender cuantas órdenes judiciales se les ha dirigido, sino por llamar a la ciudadanía a replicar masivamente su desobediencia». Añade, además, que «se ha impulsado a que importantes sectores de población resistieran o se enfrentaran a una nutrida actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado». El riesgo argumentado lo basa el TS en el «extendido apoyo social a los investigados» y por «haberse impulsado movilizaciones de decenas de miles de ciudadanos que rechazan explícitamente las medidas cautelaras adoptadas en este proceso».