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Protocolos de atención a la violencia interna en las empresas y administraciones de Nafarroa

El Instituto de Salud Pública y Laboral de Nafarroa impulsará y fomentará la implantación de protocolos de atención a la violencia interna en las empresas y administraciones públicas. Con este fin, ha editado una guía bilingüe que recoge los criterios básicos que deben tenerse en cuenta a la hora de elaborar estos protocolos. En Nafarroa en 2017 se registraron 211 casos de daños relacionados con el acoso laboral, de los que el 70 % tienen que ver con situaciones de violencia dentro del trabajo.

Portada de la guía para protocolos en casos de violencia interna en empresas y administración. (GOBIERNO DE NAFARROA)
Portada de la guía para protocolos en casos de violencia interna en empresas y administración. (GOBIERNO DE NAFARROA)

Según datos del Gobierno navarro, los casos afectan principalmente a mujeres, que tienen dos veces más riesgo de tener daños derivados de este tipo de exposiciones y se producen fundamentalmente en hostelería/restauración, administración pública y otros servicios (organizaciones sindicales, profesionales, políticas, ONG), frente a sectores como construcción, industria o agricultura, que tienen niveles mucho más bajos.

Cuanto menor es el estrato en el rango ocupacional, el riesgo es mayor, frente a los grupos directivos o profesionales de más alto estatus, según indican.

En este contexto se ha presentado una guía que recoge los criterios básicos que deben tenerse en cuenta a la hora de elaborar estos protocolos, a la vez que ofrece diversas intervenciones del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra en este ámbito y especialmente en determinados supuestos donde el sistema preventivo es más débil o está ausente.

Esta iniciativa se enmarca dentro del Plan de Acción de Salud Laboral 2017-2020, dentro del cual el citado instituto impulsará y fomentará la implantación de protocolos de atención a la violencia interna en las empresas y administraciones públicas.

La guía ha sido presentada por el consejero de Salud, Fernando Domínguez, la directora gerente del ISPLN, María José Pérez Jarauta, y por el jefe del Servicio de Salud Laboral, Iñaki Moreno.
Domínguez, según informa el Ejecutivo, ha explicado el porqué de la prioridad de los riesgos psicosociales dentro de la salud laboral señalando que a diferencia de los otros tipos de riesgos, seguridad, ergonomía e higiene, éstos son menos conocidos.

Los efectos con los que se asocian son los trastornos mentales comunes (ansiedad, depresión), la patología cardiovascular (infarto de miocardio, hipertensión arterial), las lesiones musculoesqueléticas o accidentes, el aumento de conductas no saludables (como consumos abusivos de sustancias) o el incremento del absentismo laboral.

El Programa de Riesgos y Daños Psicosociales tiene como objetivos el incremento de la detección de estos daños y riesgos, así como la mejora de su gestión en las empresas de los sectores y poblaciones diana prioritarias ya citadas, tras rigurosos estudios para su identificación.

En cuanto a la guía, han indicado que enumera en primer lugar las conductas y situaciones objeto del protocolo, como son el acoso moral en el trabajo (Mobbing), el acoso sexual o por razón de sexo, el acoso discriminatorio (por origen racial o étnico, la religión y las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual de una persona), maltrato, agresiones y conflicto interpersonal prolongado.

El protocolo debe ser «sencillo y operativo», encaminado a la «acción inmediata» y estar negociado con la plantilla y contar con la aprobación del comité de seguridad o la representación sindical.

En él se ha de recoger una política de buenas prácticas en este ámbito: impulso al buen trato interpersonal en todas las relaciones del ámbito laboral, tanto entre jefes y subordinados como en las relaciones entre iguales, y la creación de un clima y ambiente de trabajo emocionalmente saludable.

Por lo que se refiere a intervenciones concretas, debe expresar claramente, quién puede comunicar la situación de violencia (persona afectada, delegados o delegadas, personal facultativo o testigos directos); a quién se comunica (a la entidad preventiva y/o al Servicio de Salud Laboral del ISPLN), y quién actuará, bien con actuaciones de mediación, en los casos de conflicto, o de investigación de los hechos y actuaciones correspondientes, en el resto de supuestos.