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Madrid

El Supremo ordena a Laboral Kutxa que devuelva 102.702 euros por las aportaciones subordinadas

El Tribunal Supremo ha condenado a Laboral Kutxa a devolver 102.702 euros a un vecino de Bergara (Gipuzkoa) que suscribió en esta entidad distintas aportaciones financieras subordinadas del Grupo Eroski sin informarle sobre los «riesgos» de estos productos financieros.

El TS pone fin al litigio entre el cliente y la entidad bancaria. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Bergara emitió un dictamen favorable al ahorrador pero que la Audiencia de Gipuzkoa lo había revocado en beneficio de la caja.

Los hechos se produjeron entre los años 2002 y 2012, período durante el que el cliente formalizó con Laboral Kutxa «diversas órdenes de aportaciones financieras subordinadas» de la citada cooperativa.

Tras sufrir «significativas pérdidas» en su inversión, el afectado presentó contra la entidad una demanda civil en la que pidió que se declarase la nulidad de las adquisiciones por «haber sido suscritas con error de vicio en el consentimiento prestado».

El TS accede ahora a la demanda del afectado tras comprobar que no existe constancia de que la entidad bancaria entregara al cliente, sin «conocimientos específicos sobre productos financieros complejos», una «documentación previa a la suscripción» de las aportaciones en cuanto a «sus características y riesgos específicos».

El texto judicial recuerda además que en distintos «test de idoneidad» realizados en los años 2008, 2009 y 2012, al cliente se le adjudicó un perfil «prudente, equilibrado y moderado».

«El hecho de que el cliente tuviera en su historial inversor la adquisición de acciones o la participación en fondos de inversión no determina, por sí solo, la inexcusabilidad del error sufrido», ya que esto no significa que «pudiera conocer la complejidad específica» de «la naturaleza, las características y los riesgos asociados» a las aportaciones financieras subordinadas.