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Aspiazu, absuelto junto a Arzalluz por la muerte del juez Lidón

Garikoitz Aspiazu ha sido absuelto por el atentado de ETA que costó la vida al juez José María Lidón. Lo mismo ocurre con Asier Arzalluz, a quien la Fiscalía ya retiró la acusación en el juicio, aunque no la acusación particular.

Garikoitz Aspiazu, en la «pecera» de la Audiencia Nacional. (ZIPI | POOL EFE)
Garikoitz Aspiazu, en la «pecera» de la Audiencia Nacional. (ZIPI | POOL EFE)

La Audiencia Nacional ha absuelto a los presos vascos Garikoitz Aspiazu y Asier Arzalluz de la muerte del juez José María Lidón en atentado de ETA, en Getxo en 2001.

La sentencia remarca, después de analizar toda la prueba, «el déficit del que adolecen los informes de inteligencia de la Ertzaintza y de la Comisaría General de Información [de la Policía española], así como la pericial de inteligencia», con los que no cabe acreditar que ambos fueran los autores. Los dos presos negaron haber cometido el atentado.

La familia Lidón (concretamente un hijo y la esposa del juez) señaló expresamente a Aspiazu, afirmando que lo habían reconocido al verlo en televisión una década después. Y también mantuvo la acusación contra Arzalluz incluso después de que la Fiscalía la retirase en pleno juicio aceptando que no había pruebas en su contra.

Identificación «no fiable»

Respecto a la identificación de Aspiazu, el tribunal de la Audiencia Nacional indica que «no se considera fiable», teniendo en cuenta que dos días después de la muerte que presenciaron los familiares no pudieron dar datos seguros sobre los autores, ni tampoco en 2002. «La creencia subjetiva de las víctimas no transforma necesariamente su testimonio en creíble o fiable en orden a enervar el derecho constitucional de presunción de inocencia», dice el fallo.

La petición de condena para ambos presos vascos ascendía a 30 años de cárcel.

En una afirmación autojustificatoria, el tribunal explica que es la Justicia que «atiende a las víctimas y respeta los derechos que nuestro sistema otorga a los acusados» la que «ha permitido, permite y permitirá luchar efectivamente junto con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado contra la lacra del terrorismo».

En la misma línea, la Audiencia Nacional expresa que la Justicia no debe «verse empañada por sentimientos de compañerismo (no cabe olvidar que la víctima era magistrado en activo), compasión o venganza. Es fruto del imperio de la ley atendiendo los legítimos derechos de las víctimas y necesariamente de los procesados a un juicio justo, contradictorio, con plenitud de garantías y presunción de inocencia».