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La mujer de Bilbo juzgada por matar a su hija dice que lo hizo «obligada» por «un encapuchado»

La Audiencia de Bilbo juzga desde este jueves a puerta cerrada a la mujer acusada de matar a Kiara, su hija de 9 años. La Fiscalía pide prisión permanente revisable. Pero la defensa reclama la libre absolución; la mujer alega que lo hizo «obligada» por una persona «encapuchada».

El padre de Kiara, ayer ante el Juzgado. (Marisol RAMIREZ | FOKU)
El padre de Kiara, ayer ante el Juzgado. (Marisol RAMIREZ | FOKU)

La mujer acusada de matar a su hija de 9 años el día 16 del pasado mes de enero en Bilbo ha mantenido este jueves ante el tribunal encargado de juzgar el caso su versión de que lo hizo «obligada» por una tercera persona «encapuchada» que habría accedido al domicilio familiar.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha acogido este jueves la primera sesión del juicio a la mujer acusada de asesinar a su hija Kiara, de 9 años, en su domicilio de Bilbo el pasado mes de enero, tras administrarle presuntamente una cantidad «masiva» de medicamentos y asfixiarla con las manos y una almohada.

La Fiscalía y las acusaciones popular y particular piden para la procesada la prisión permanente revisable, mientras que la defensa pide la libre absolución, según los escritos de las acusaciones y la defensa presentados en la sesión de este jueves, que se ha celebrado a puerta cerrada, al haberlo determinado el tribunal. Otro tanto ocurrirá en la sesión del próximo lunes, día 16, en la que se aportarán los resultados de la autopsia y del levantamiento del cadáver.

Según los hechos relatados en esta primera sesión, el día 16 del pasado mes de enero, a las 21.00 horas, una joven encontró en el interior de su vivienda familiar, ubicada en la calle George Steer de la capital vizcaína, a su madre y a su hermana de 9 años inconscientes y abrazadas. Esta alertó a emergencias, y los sanitarios lograron reanimar a la madre, que fue evacuada al hospital en estado grave, pero la pequeña falleció. Días después, la progenitora fue detenida por la Ertzaintza y, posteriormente, ingresó en prisión.

En sus escritos, la Fiscalía, la acusación popular –ejercida por la Asociación Clara Clampoamor– y la acusación particular relatan que el día de los hechos la procesada se encontraba en el domicilio con sus hijas, de 9 y 19 años, y una nieta.

Estas dos últimas abandonaron la casa a las 11.00 horas para realizar unas gestiones, mientras la mujer se quedó a solas con su hija pequeña. Posteriormente, todas ellas comieron y, en ese momento, la pequeña de 9 años se encontraba en estado de aparente normalidad, pero, tras la comida, la hermana mayor comprobó que estaba profundamente dormida en el sofá, en un estado inusual de profunda somnolencia, casi de semiinsconsciencia, por lo que avisó a su madre.

Entre ambas la trasladaron a la cama y la madre se acostó con la niña, avisando a su otra hija de que la despertara solo a ella cuando fuera a salir del domicilio. A las 17.00 horas, la primogénita abandonó la casa con su hija, y la madre aprovechó que se había quedado sola con la pequeña de 9 años «para acabar con su vida», según indican las calificaciones provisionales de las acusaciones.

Estas señalan que la progenitora había administrado a la niña con anterioridad una cantidad «masiva» de medicamentos, algunos de los cuales superaban «el rango tóxico» y tenían un «nivel letal». Cuando su hija mayor se fue, la procesada, aprovechando la situación de indefensión en la que se encontraba la víctima, le habría presionado la nariz y la boca con las manos y un objeto blando, probablemente un cojín o una almohada.

Notas manuscritas

La pequeña falleció por insuficiencia cardio-respiratoria aguda secundaria a una intoxicación medicamentosa, sin que hubiera «el menor signo de defensa ni lucha». Posteriormente, la acusada habría redactado varios escritos para exculparse en los que «creaba la idea» de que el crimen había sido ejecutado por una tercera persona.

Según ha explicado la abogada de la Asociación Clara Campoamor, Ana Hernando, la acusada ha mantenido en su declaración de este jueves la misma versión, asegurando que lo hizo «obligada por una tercera persona, un hombre encapuchado», que accedió a la vivienda. De esta manera, ha precisado la letrada, al declarar que lo hizo «obligada por una tercer persona», la responsabilidad penal no sería de ella, por lo que «nosotros tenemos que probar la culpabilidad y ellos deben probar mínimamente la presencia de un tercero», algo que «no parece sostenerse por ningún lado en base a las pruebas existentes».

Las acusaciones consideran los hechos constitutivos de un delito de asesinato con alevosía, con la concurrencia de la circunstancia de ser la víctima menor de 16 años, y de parentesco por parte de la autora del crimen.

Sin «causa que modificase sus capacidades»

Por ello, reclaman que se imponga a la acusada, que no presentaba «causa alguna que modificase sus capacidades cognitivo-volitivas», la pena de prisión permanente revisable e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena.

En la sesión de este viernes declararán los agentes de la autoridad que llevaron a cabo la inspección ocular y se encargaron de la recogida de restos en la vivienda, así como el médico psiquiatra que atendió a la acusada el día que la desentubaron cuando se encontraba ingresada en el hospital.