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Estrasburgo avala las devoluciones sumarias en la valla de Melilla por no vulnerar los derechos humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado las devoluciones en caliente de migrantes en la frontera de Melilla al considerar que son «legales» y no contrarias a los derechos humanos. Revoca una sentencia anterior que condenó al Estado español por entregar a Marruecos a dos personas que habían saltado la valla.

Personas migrantes subidas a la valla de Melilla, en una imagen de archivo. (AFP)
Personas migrantes subidas a la valla de Melilla, en una imagen de archivo. (AFP)

La decisión de los 17 magistrados que conforman la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo de avalar las devoluciones sumarias en la frontera de Melilla se ha conocido hoy en una vista pública. El pronunciamiento de la Gran Sala del TEDH es opuesta a la sentencia emitida por este mismo tribunal en octubre de 2017, cuando condenó al Estado español por devolver a Marruecos a dos personas migrantes que saltaron la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014.

Las conocidas como devoluciones en caliente, contrarias a la legislación internacional, fueron regularizadas en el 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy a través de la figura del «rechazo frontera», que fue incluida en una disposición de la Ley de Seguridad Ciudadana. El PSOE, a su llegada a La Moncloa, continuó realizando este tipo de devoluciones de personas migrantes a Marruecos, alegando que se hace «en cumplimiento de la legislación vigente».

Sin embargo, el tribunal europeo en el año 2017 condenó al Estado español por expulsar de forma inmediata a un ciudadano de Mali y otro de Costa de Marfil (N.D. y N.T) a Marruecos, tras encaramarse a la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014.

El TEDH consideró entonces que se produjo una expulsión colectiva contraria a la Convención Europea de los Derechos Humanos. Por ello, condenó al Estado a indemnizar con 5.000 euros a cada demandante, representados por dos abogados colaboradores del Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR), Gonzalo Boyé y Carsten Gericke.

«Rechazos en frontera»

Pero ese fallo fue recurrido por el Gobierno de Mariano Rajoy, cuyo argumentario consistió en hablar de «rechazos en frontera» porque los migrantes que saltan la valla hispano-marroquí no pisan suelo español hasta que no sobrepasan a los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que la custodian.

A su llegada al Ejecutivo en 2018, el PSOE decidió mantener el recurso interpuesto por el anterior Gobierno del PP, a pesar de que se comprometió a paralizar las devoluciones sumarias.

Es más, en 2015 el PSOE presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de Seguridad Ciudadana –conocida como Ley Mordaza–, al igual que hicieron otros grupos de la oposición. El Tribunal de Garantías todavía no se ha pronunciado.

Entre los preceptos de la ley impugnados por el PSOE está la disposición final primera que establece lo siguiente: «Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España».

Pese a esa postura inicial, el PSOE, al llegar al Gobierno en 2018, defendió la necesidad de esperar al pronunciamiento definitivo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos antes de suprimir esta práctica que, además, el Ministerio del Interior ha admitido haber realizado con Fernando Grande-Marlaska al frente.