NAIZ

Tarjetas revolving: el Banco de España avisa pero no actúa

El supervisor del sistema bancario español avisa de que se están comercializando tajetas revolving sin informar a adecuadamente y pide a los clientes actuar con precaución. Los banco pueden seguir como hasta ahora.

Sede del Banco de España en Gasteiz (foto: Raul Bogajo)
Sede del Banco de España en Gasteiz (foto: Raul Bogajo)

El Banco de España ha vuelto a advertir a los consumidores que deben informarse sobre las características de las tarjetas revolving antes de usarlas y prestar especial atención al tipo de interés que se aplica y a las modalidades de pago que ofrece.

En el Portal del Cliente Bancario, la institución ha alertado de que, si no conocen bien cómo funciona este tipo de crédito, el cliente «pueden meterse en problemas».

La tarjeta revolving funciona de manera similar a otras tarjetas. Tiene un límite de crédito que es el dinero del que el usuario puede disponer. El límite va disminuyendo a medida que se realizan pagos y compras, pero se puede ir reponiendo cada vez que se paga algún recibo. De este modo, la tarjeta permiten pagar a plazos y a medida que se salda la deuda el dinero vuelve a estar disponible para que el titular pueda volver a hacer uso de él.

El problema surge con el pago de la cantidad adeudada. Este tipo de tarjeta permite aplazar el pago de la deuda y abonarla en cómodos plazos, pero entonces los bancos suelen cobrar intereses que, en general, son bastante elevados.

El Banco de España reconoce que esta tarjeta se ofrece generalmente a los clientes con la denominación de tarjeta de crédito y, en muchos casos, se comercializa sin que aparezca la palabra revolving «y a veces sin informar adecuadamente de las características de este tipo crédito asociado», pudiendo ofrecerse también en colaboración con grandes comercios o intermediarios bajo la marca comercial de estos.

Además, ha avisado de que hay otras tarjetas de crédito que permiten varias modalidades de pago, siendo muy habituales las que funcionan por defecto como crédito a fin de mes sin intereses, pero que en determinadas situaciones pueden operar como revolving.

Por todo ello, el Banco de España ha subrayado la importancia para los clientes de que pregunten a su banco o accedan a su página web o la del intermediario para informarse sobre las características de la tarjeta antes de su uso.

Por otro lado, ha avisado a los usuarios de que, cuando ya tienen una tarjeta con un crédito concedido asociado, pueden recibir llamadas telefónicas comerciales para animarles a disponer de ese crédito. En este sentido, ha recomendado «valorar adecuadamente si realmente lo necesitan, si las condiciones les satisfacen y si implica activar la modalidad revolving», todo ello sin olvidar preguntar por la TAE.

El Banco de España tiene encomendada la supervisión del sistema bancario por lo que en buena lógica no debería limitarse a avisar sobre los abusos e irregularidades. En su mano está también tomar medidas contra aquellos bancos que actúan de mala fe. De momento se limita a enviarles escritos.

Los bancos no cumplen la norma de transparencia

El Banco de España informó la pasada semana de que durante el pasado verano remitió escritos con varios requerimientos y recomendaciones a 24 entidades en relación a la comercialización y contratación de tarjetas revolving, mientras que continúa profundizando su estudio sobre otras dos entidades financieras.

El número de peticiones que ha realizado el Banco de España supone que prácticamente la totalidad de las entidades más activas en este mercado no está cumpliendo la normativa de transparencia de las tarjetas, ya que el análisis se realizó sobre 26 compañías supervisadas.

El próximo 2 de enero de 2021 entrarán en vigor la nueva orden ministerial relativa al crédito revolving publicada el pasado mes de julio, que incorpora mejoras destinadas a aumentar la transparencia con los clientes y a prevenir futuras situaciones de endeudamiento insostenible. Se exigirá, entre otras cosas, que los bancos evalúen la solvencia del cliente antes de conceder el crédito revolving.