GARA
BAKIO

Condenado a dos años y seis meses el exalcalde de Bakio Txomin Renteria

La sentencia condena a Renteria, del PNV, a un año y seis meses de cárcel por «falsificación de documento público siendo autoridad», y a un año de prisión por «fraude a la administración. Además, impone el abono de una indemnización de 140.000 euros al Ayuntamiento.

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al exalcalde de Bakio Txomin Renteria, del PNV, a dos años y seis meses de prisión por los delitos de «falsificación de documento público» y «fraude a la administración». Además, le ha impuesto el abono de una indemnización de 140.000 euros al Ayuntamiento de la localidad vizcaina en concepto de responsabilidad civil.

Según informó Efe, Renteria, primer edil de Bakio entre 1995 y 2011, fue juzgado por modificar las condiciones de adjudicación en 2007 del proyecto Talasoterapia Kiura. La alteración suponía demorar en un año la fecha en la que la empresa debía iniciar el pago al Consistorio del canon impuesto por la dirección de Costas del Ministerio de Medio Ambiente por la ocupación de terreno para dicho proyecto.

La resolución, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, considera probado que el exalcalde, «con el propósito de beneficiar a la adjudicataria Talasoterapia Kiura», ordenó al secretario de la corporación que se hiciera constar en el contrato administrativo correspondiente que el pago del canon no se iniciaría hasta el momento del inicio efectivo de la explotación del centro. Sin embargo, en el pliego de condiciones económico-administrativas se establecía que la adjudicataria debía abonar el canon a partir de la adjudicación del centro.

Para el tribunal, existió falsedad documental en la plasmación de la modificación ya que, según la jurisprudencia, «el pliego de condiciones es para las partes la ley del contrato» y hay que atenerse a su contenido. En este caso, según la sentencia, la alteración «tuvo entidad suficiente como para trastocar las relaciones jurídicas entre el Ayuntamiento y la adjudicataria, en tanto que ésta no pagó el canon desde la adjudicación del contrato como se estableció en el pliego».

Beneficio político

La modificación se hizo «a iniciativa» de los intervinientes en el contrato, interesados en el retraso del pago del canon. Estos fueron el representante legal de Kiura, que dejaba de pagar ciertas cantidades, y Renteria, que «veía ejecutadas ciertas obras en el paseo de la playa que como imagen exterior del municipio, a él beneficiaba cuando menos políticamente, sin obviar que uno y otro eran amigos».

EH Bildu afirmó ayer que la sentencia es «un fallo contra el modelo de gestión pública del PNV». «Concretamente contra el modo de hacer, vivir y entender la política», destacó la coalición, que citó otros casos como Barrika, Alonsotegi o Berriz.