Ramón SOLA
DONOSTIA
NUEVA SENTENCIA EXCULPATORIA PARA INTXAURRANDIETA Y ERRAZKIN

Cuentas vuelve a frenar a PNV-PSE: parar la incineradora no es punible

Sobre su cabeza pendía la amenaza de una imputación de 45 millones de euros por parar la incineradora, pero el exdiputado Iñaki Errazkin y la exresponsable del Consorcio Ainhoa Intxaurrandieta han vuelto a ser exculpados por el Tribunal de Cuentas estatal. El recurso impulsado por PNV y PSE se ha rechazado, con todos los argumentos en contra.

El diputado general de Gipuzkoa, Markel Olano, y el diputado de Medio Ambiente en esta pasada legislatura, José Ignacio Asensio, suelen insistir en que los fallos judiciales siempre les dan la razón en la cuestión del tratamiento de residuos en el herrialde. Sin embargo, por segunda vez en ocho meses el Tribunal de Cuentas estatal ha derrumbado su intención de imponer una sanción económica descomunal al exdiputado Errazkin y la exresponsable de GHK Intxaurrandieta por haber paralizado la incineradora entre 2011 y 2013: nada menos que 45 millones de euros.

Tras el fallo de octubre pasado que daba la razón a los representantes de Bildu, el Tribunal de Cuentas estatal ha rechazado ahora el recurso que insistió en presentar la actual dirección de GHK, controlada por PNV y PSE.

La sentencia, a la que ha tenido acceso GARA, es contundente al rechazar los cuatro motivos alegados. Y también al apuntalar el fallo anterior, que firmó la exministra de Justicia española Margarita Mariscal de Gante, en cuestiones como el sobredimensionamiento del proyecto.

Así, esta sala de apelación del Tribunal de Cuentas estatal incide en que «la Planta de Valoración Energética prevista en el contrato firmado el 12 de mayo de 2011 [por la mayoría que entonces también lideraba Markel Olano como diputado general] estaba sobredimensionada, de manera que, de construirse conforme a lo previsto, los residuos susceptibles de valorización energética procedentes de Guipúzcoa no serían suficientes para garantizar el funcionamiento de la instalación».

Por encima de ello, analizado de nuevo el caso se establece que «esta Sala de Justicia no puede sino llegar a las mismas conclusiones que la Consejera de Instancia [sentencia original de octubre del pasado año] y considerar que el abono de los importes pactados en el acuerdo de resolución del contrato no ha originado perjuicio o menoscabo a los fondos públicos susceptible de generar responsabilidad contable por alcance en las personas de los apelados».

Además, se achaca a las «partes apelantes» que al ejercitar la acción de responsabilidad contable hayan recurrido al Tribunal de Cuentas y no a un juzgado contencioso-administrativo, que cree que sería la instancia competente para ello.

Se da la circunstancia de que la Fiscalía se había adherido al recurso presentado por las actuales instituciones de PNV y PSE, lo que no ha sido óbice para que sea «desestimado íntegramente», mientras que la sentencia dictada en octubre de 2018 «se confirma en su integridad».

Ahora, por la vía judicial

El actual Consorcio se libra, eso sí, de las costas de esta fase del proceso, que no se le imputan por la consideración de que el litigio «ha motivado serias dudas de hecho y de derecho». Y se apunta finalmente que todavía cabría un recurso de casación contra esta sentencia.

Tras el fallo de octubre, EH Bildu instó a PNV y PSE a abandonar la «venganza» judicial contra quienes solo cumplieron el compromiso electoral que había apoyado la mayoría popular. Sin embargo, GHK decidió recurrir «en defensa del interés de Gipuzkoa».

Tampoco tras este segundo revés PNV y PSE dan señales de que vayan a renunciar a esta vía. GHK emitió una nota urgente en la que recalca que «no comparte» la sentencia y adelanta que «analizará todas las opciones para minimizar los daños causados por los anteriores gestores de EH Bildu».

Al hilo de ello, GHK quita ahora importancia al Tribunal de Cuentas aferrándose a que «este procedimiento se limita a la responsabilidad contable». Y desplaza el foco al ámbito judicial: «No cabe olvidarse que existe una sentencia firme dictada por el TSJPV», dice, que «puede dar lugar a la exigencia de responsabilidades».