Iker BIZKARGUENAGA
SEMINARIO SOBRE GESTIÓN PENITENCIARIA

CUANDO LA POLÍTICA SE IMPONE AL DERECHO Y CERCENA LOS DERECHOS

EN EL PALACIO EUSKALDUNA SE HABLÓ AYER LARGO Y TENDIDO SOBRE CÁRCELES, SOBRE PRESOS, SOBRE ASISTENCIA SANITARIA Y SOBRE RETOS DE FUTURO. Y SE HABLÓ, SOBRE TODO, DE POLÍTICA PENITENCIARIA, UN ESPACIO DONDE, RESUMIÓ EL CATEDRÁTICO IñAKI LASAGABASTER, LA POLÍTICA SOMETE POR NORMA AL DERECHO Y SE VULNERAN DERECHOS ELEMENTALES.

El sistema carcelario y la política penitenciaria son espacios donde el ejercicio del Derecho y la garantía de los derechos juegan siempre en terreno contrario. Lo tienen difícil para hacerse valer, ya que la política y sus intereses prevalecen a menudo frente a ellos, y más en un contexto como el que afrontan los presos y presas vascas. Así se desprende de lo expuesto en uno de los coloquios celebrado en el Palacio Euskalduna dentro del “Seminario sobre la gestión federal del sistema de prisiones” organizado por la UPV.

Durante dos días, expertos vascos e internacionales han debatido en Bilbo sobre una materia que Iñaki Lasagabaster conoce al dedillo. El catedrático de Derecho Administrativo fue uno de los ponentes ayer, y en una exposición cargada de ejemplos concretos se encargó de desgranar algunas de las taras que acompañan a la política penitenciaria española, donde no se respetan, dijo, ni el Principio de Legalidad ni la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH).

A su lado, Nigel Ironside, director de Sanidad y Justicia en el Servicio Escocés de Prisiones, que minutos antes había explicado el paulatino envejecimiento en las cárceles escocesas y los retos logísticos, económicos y asistenciales que han tenido que afrontar para hacer frente a ello, aprendía y comprendía que la realidad penitenciaria de su país no tiene mucho que ver con el que padecemos en el nuestro. Una percepción que seguro se acentuó cuando la doctora Nahia Aia, integrante del colectivo Osabideak, que vela por el derecho a la salud de las personas presas, relató la realidad sanitaria en las cárceles del Estado español, donde cada semana fallecen tres presos, con una edad media muy baja y en su mayoría a causa de enfermedades que suelen tener otro desenlace fuera de la prisión.

Derecho a la vida familiar

Lasagabaster relacionó la vulneración del Principio de Legalidad y de los derechos fundamentales que se produce en la política penitenciaria con el hecho de que este un ámbito tradicionalmente sometido a las «relaciones de sujeción especial», donde el Derecho «no entra» o si entra está sujeto a condicionantes que no se dan en otros ámbitos, y que sirve de «muletilla» para limitar los derechos.

En su alocución, el jurista se centró en dos elementos que caracterizan la política que se aplica a las presas y presos vascos. La dispersión, –sobre todo el alejamiento, porque puntualizó que no es lo mismo– y la situación de las personas enfermas, 27 de ellas de gravedad.

Respecto al primer asunto, recordó que 134 presos y presas vascas, el 65% del total, se encuentran encarceladas a entre 600 y 1.200 kilómetros de sus domicilios, porcentaje que alcanza el 85% cuando hablamos de más de 400 kilómetros.

Con estos datos como presentación y, tras destacar que hay sitio de sobra para que todos los presos vascos puedan cumplir condena a menos de cien kilómetros de sus hogares, explicó que la Constitución Española solo contempla como derecho «la intimidad de la vida familiar», y que cuando se le ha planteado al Tribunal Constitucional, este ha rechazado que el reagrupamiento familiar sea un derecho que deba garantizarse.

No es de la misma opinión el TEDH, que según indicó «ha señalado a través de una jurisprudencia constante que el derecho a la vida familiar significa que las personas tienen derecho a cumplir condena en un lugar que les permita mantener sus relaciones familiares», y que además ha marcado el terreno de la discrecionalidad con la que los estados pueden decidir en esta materia, apuntando que «discrecionalidad no es arbitrariedad» y que cualquier decisión debe estar justificada.

Lo que ocurre, apostilló Lasagabaster, es que al preguntar por el valor de la jurisprudencia del TEDH en el Estado español, el Ejecutivo responde –así lo hizo en 2016– que no le vincula «a no ser que sea parte», una posición que como también recordó coincide con la del actual ministro de Interior y juez Fernando Grande-Marlaska. Y ahí están.

Riesgo «patente»

Algo parecido ocurre con los presos y presas enfermas, cuya situación regula un Código Penal donde se dice que cuando el peligro para la vida «fuera patente» esa persona debería quedar en libertad provisional. Sin embargo, criticó que desde Instituciones Penitenciarias se han dictado instrucciones desarrollando el Código Penal, cuando esto no debería poder hacerse, para determinar qué es «peligro patente», y lo han hecho de una forma «restrictiva», identificando peligro patente para la vida con un estadio terminal, en la que el preso esté desahuciado. Una interpretación arbitraria.

«Están haciendo política con el derecho más elemental, el derecho a la vida», clamó el abogado, añadiendo asimismo que «en ninguna ley pone que para acceder a la libertad condicional tengas que arrepentirte», eso, lamentó, «se lo inventa la política haciendo caso omiso al Derecho y atentando contra el derecho a la vida de las personas».

Sobre el derecho a la vida, y a la salud de las personas presas habló Nahia Aia, que junto con los también doctores Benito Morentín y Koldo Collado ha elaborado un protocolo al objeto de poder evaluar de forma exhaustiva la situación de los presos, sus posibles riesgos y poder decidir en base a ello.

Esta integrante de Osabideak recordó que el Estado tiene el deber de garantizar el derecho de equivalencia sanitaria de todos los ciudadanos y ciudadanas, también la de quienes se hallan presas, y explicó que en este momento no existe un procedimiento para probar el incumplimiento de ese derecho, para demostrar que no se está siendo bien atendido. «Todo el trabajo recae sobre el paciente», señaló, detallando lo que eso supone. Asimismo, dijo que no hay estudios que determinan la calidad asistencial en las prisiones españolas, aunque a la luz de los datos cree evidente que «existe desasistencia».

Alejamiento y salud

La doctora Aia explicó que desde 2011 está transferida a la CAV la competencia de Sanidad Penitencia –no las políticas penitenciarias–, pero recordó que más de la mitad de los presas y presos se hallan encarcelados en otras comunidades, y señaló también que los funcionarios siguen siendo los mismos que antes de transferirse la materia.

También llamó la atención sobre lo difícil que es probar la existencia de un «trato inhumano y degradante» desde un punto de vista de la enfermedad. «¿Cómo podemos medir el sufrimiento?», se preguntó.

Respecto al protocolo, la doctora expuso que debe tenerse en cuenta el historial clínico completo del paciente, no solo la documentación carcelaria; que debe acompañarse de un examen médico; y que junto al forense o médico pericial debería participar también un médico de la Sanidad Pública.

Y cogiendo el hilo de Lasagabaster sobre el alejamiento de los presos, Aia explicó que «clínicamente tiene mucha relevancia cumplir la condena fuera de tu entorno», ya que «el arraigo al equipo médico tiene efectos en sus resultados».

Poco después, sobre este mismo asunto, Ironside dijo que en Escocia apuestan por el cumplimiento de las condenas en cárceles cercanas, y lamentó que en algunos casos se tengan que recorrer distancias de hasta cien kilómetros. «Tiene un gran efecto sobre las familias», constató, apesadumbrado, el responsable del Servicio de Prisiones. El de Escocia. Otro mundo.