Beñat ZALDUA
DECRETO LEY SOBRE LA SEGURIDAD PÚBLICA EN MATERIA DIGITAL

Amplios poderes para el Gobierno español para intervenir redes y webs

El BOE publicó ayer el Decreto Ley aprobado en el último Consejo de Ministros sobre la seguridad pública en materia de administración digital y telecomunicaciones. Se trata de una norma aprobada para frenar el desarrollo digital de Catalunya, para lo que otorga amplios poderes al Gobierno a la hora de intervenir redes y páginas web.

«Ni habrá independencia offline ni online». Pedro Sánchez anunció con estas palabras el decreto que ayer oficializó el BOE. Lo hizo en el último Consejo de Ministros celebrado el pasado 31 de octubre. Hasta hace bien poco, todo habían sido risas en Madrid sobre las supuestas ensoñaciones digitales de la Generalitat –que tiene una Consejería de políticas digitales– y del independentismo –que apela a la construcción de una República digital–, pero los avances en la tecnología Blockchain por parte del Govern y la aparición de una iniciativa digitalmente muy sofisticada como la del Tsunami Democràtic han puesto al Estado español en alerta.

Para tratar de frenar esos avances, el Decreto Ley publicado ayer modifica, sin pasar por el Congreso de los Diputados, seis leyes y otro Decreto Ley.

El conseller del ramo, Jordi Puigneró, considera que, con esta norma, Sánchez «se convierte en el padre de la Loapa digital», en referencia a la ley del café para todos autonómico. También quiso resaltar que el Ejecutivo español «ha decretado el estado de excepción digital» y que quiere «destruir el progreso tecnológico, económico y social de Catalunya». La red Xnet, por su parte, manifestó que el decreto «nos acerca más a China y sus políticas liberticidas», añadiendo que «en nombre del orden y la seguridad, el Gobierno se reserva la potestad de asumir la gestión o intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas».

Intervención gubernamental

En efecto, la medida más llamativa del decreto es la que permite al Gobierno intervenir o cerrar «cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red». Es decir, cualquier aplicación ligada a la red o cualquier página web, pongamos por caso.

Como explica la periodista Eva Belmonte (gestora de Civio, organización sin ánimo de lucro que vigila la labor de los poderes públicos), el Gobierno ya podía cerrar sin orden judicial páginas web anteriormente por razones de seguridad pública, protección civil, emergencias, defensa de la vida humana o interferencia con otras redes; lo que hace el decreto es ampliar enormemente el abanico de elementos que el ejecutivo puede intervenir y los motivos por los que puede hacerlo, que ahora incluyen la «amenaza inmediata y grave para el orden público» y la «seguridad nacional».

Aunque el texto no menciona a Catalunya directamente, la misma Belmonte apunta que el Gobierno justifica la medida a la luz de «los recientes y graves acontecimientos acaecidos en parte del territorio español». El arsenal que deja en manos del Gobierno, sin embargo, afecta a todos y va más allá del caso catalán. El redactado es tan ambiguo e inconcreto que permite justificar la intervención de prácticamente cualquier elemento de la red. Este es, quizá, uno de los párrafos clave:

«Estas mayores posibilidades de actuación que se reconocen no se limitan en su aplicación a un concepto estricto de una red o un servicio de comunicaciones electrónicas, sino que extienden su eficacia a los elementos que necesariamente acompañan a la instalación o despliegue de una red o la prestación de un servicio de comunicaciones electrónicas, como son las infraestructuras susceptibles de alojar redes públicas de comunicaciones electrónicas, sus recursos asociados o cualquier elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario para preservar o restablecer el orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional».

Pero la nueva norma no solo otorga amplias prerrogativas al Gobierno en materia de intervención de redes: también obliga a todas las administraciones públicas del Estado –autonomías, ayuntamientos...– a alojar en servidores europeos aquellas bases de datos que incluyan información sobre censos, padrones y datos fiscales, entre otros.

Freno a la soberanía digital

El decreto explica que la medida se toma para prohibir la utilización de «paraísos digitales» que quedan lejos del alcance del Gobierno, como quedó de manifiesto, sin ir más lejos, durante el referéndum del 1-O, cuando se utilizó un censo universal digital que la Guardia Civil no acertó a desactivar pese a poner en ello todo su empeño.

De la misma forma, queda prohibido el uso de tecnologías como el Blockchain en relación a estas bases de datos, todo un misil contra la política digital de la Generalitat, que lleva meses desarrollando políticas en este sentido. Finalmente, el texto recuerda que el TC sí permite a las autonomías crear sistemas de identificación digitales, pero subraya que el DNI «es el único documento con suficiente valor por sí solo para la acreditación, a todos los efectos, de la identidad y los datos personales de su titular».