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Archivan por falta de pruebas una querella por genocidio contra el líder saharaui Ghali

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado una de las querellas contra el presidente de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) y secretario general del Frente Polisario, Brahim Ghali, por un delito de genocidio al considerar que no se ha acreditado su comisión.

 Brahim Ghali, presidente de la RASD y secretario general del Frente Polisario. (AFP)
Brahim Ghali, presidente de la RASD y secretario general del Frente Polisario. (AFP)

La querella por genocidio es una de las dos que estaba investigando la Audiencia Nacional española contra Ghali, quien llegó a declarar por videoconferencia desde el hospital San Pedro de Logroño, donde estuvo ingresado varias semanas tras entrar al país en abril para ser hospitalizado por estar afectado por la covid-19.

Su entrada en el Estado español supuso una crisis diplomática con Marruecos y un gran revuelo político alentado por la ultraderecha española y, en el plano judicial, implicó la reactivación de esta querella.

Tras varios meses de pesquisas, el juez ha dictado un auto de sobreseimiento libre de la causa, contra el que cabe recurso, al considerar que los hechos que denuncia la asociación acusadora, promarroquí, presuntamente cometidos entre 1975 y 1990, estarían «prescritos»; además de que «no se ha acreditado la comisión del delito de genocidio», y que los testimonios de los testigos «contradicen las afirmaciones de la querella».

La querella que ha archivado el juez se remonta a 2008 y se dirige contra trece militares por delitos de genocidio «en concurso con asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones».

Esta causa ya fue archivada en 2020, pero fue reabierta el pasado mes de mayo al calor de la campaña de la derecha española contra la presencia del dirigente saharaui en un hospital riojano.

Sin elementos acusatorios

En cualquier caso, el juez concluye que «las conductas no integran los elementos que requiere dicho delito», esto es, «la intención conjunta que guía –según la querella– a los asesinatos y torturas a los disidentes de destruir total o parcialmente el propio grupo nacional al que pertenecen».

«No hay rastros de esos subgrupos en los que dividen al Pueblo Saharaui según su localización geográfica», señala el juez, quien considera que se ha tratado de «forzar la norma penal» para lograr calificarlo como un delito de genocidio y evitar así «la aplicación de la figura de la imprescriptibilidad» que contempla el Código Penal español actual.

El juez comparte con la defensa de Ghali las contradicciones de los testigos con respecto a las afirmaciones de la querella sobre la participación del líder del Polisario en los hechos y aprecia una «insuficiencia manifiesta» en «detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo».

«Todo ello resta credibilidad a los testimonios prestados e impide mantener la imputación contra el querellado», concluye.