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La Fiscalía del Supremo, a favor de que Lakua exija el certificado covid en ocio y hostelería

La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha posicionado a favor de que el Gobierno de Lakua pueda exigir el certificado covid para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes de más de 50 comensales. Considera que la medida es «idónea, necesaria y proporcional».

El Supremo decidirá en los próximos días sobre el pasaporte covid en la CAV. (Idoia ZABALETA/FOKU)
El Supremo decidirá en los próximos días sobre el pasaporte covid en la CAV. (Idoia ZABALETA/FOKU)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha remitido este lunes un informe a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal en el que se posiciona a favor de que el Gobierno de Lakua exija el pasaporte covid para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes de más de 50 comensales. 

Según informa Europa Press, que cita fuentes fiscales, el Ministerio Público ha informado así favorablemente al recurso interpuesto por el Ejecutivo de Urkullu. Se basa en la sentencia del Supremo de 14 de setiembre relativa al certificado covid en Galicia. Ahora, estima que concurren los requisitos de «idoneidad, necesidad y proporcionalidad» en sentido estricto.

De esta manera, responde al recurso presentado por Lakua con el que pretende lograr el visto bueno, en contra de lo decidido por el Tribunal Superior de Justicia de País Vaco (TSJV), para exigir ese pasaporte covid en determinados lugares y eventos, una petición que fue rechazada a pesar del criterio favorable de la Fiscalía del tribunal vasco.

Con la respuesta de la Fiscalía sobre la mesa, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ahora tiene cinco días para decidir, aunque fuentes jurídicas avanzan que la resolución sobre el asunto llegará mucho antes de que se agote ese plazo.

El Tribunal Supremo avaló y autorizó en setiembre la petición del Gobierno gallego de exigir la presentación del pasaporte covid a los ciudadanos que quisieran acceder al interior de los locales de hostelería y de ocio nocturno. En esa ocasión, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó el recurso presentado frente el auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que había rechazado esta medida en agosto.