Condenado a 16 años y 10 meses de prisión por violar y maltratar a su pareja en Irun
La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a 16 años y 10 meses a un hombre por de agredir sexualmente y maltratar a su novia y madre de su hija en el domicilio en el que residían en Irun.
La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a penas que suman 16 años y 10 meses de prisión a un hombre acusado de agredir sexualmente y maltratar a su novia y madre de su hija, así como por vejarla, insultarla y coaccionarla durante la convivencia que ambos mantuvieron en Irun.
Según recoge la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso Efe, los hechos sucedieron entre agosto de 2017 y el año 2021, período durante el que la pareja mantuvo una relación sentimental de la que nació una niña.
El documento precisa que, «con el ánimo de imponer su dominio masculino», a lo largo de este tiempo el procesado «mantuvo una actitud de dominación y control» sobre la víctima.
El varón seguía a la chica y a sus amistades «por todos los sitios», se presentaba en su lugar de trabajo para pedirle dinero y en algunas ocasiones la acusaba de tener una relación sentimental con algún compañero.
Asimismo, le exigía que le hiciera videollamadas cuando ella salía por las noches, le revisaba el móvil y sacaba fotos de sus conversaciones.
También le aseguraba que en caso de que la mujer llegara a tener una nueva pareja algún día «no iba a ser feliz», porque «estaba destinada a estar con él».
El texto judicial precisa que, a partir de 2019, cuando la víctima se quedó embarazada, el hombre comenzó a romper el mobiliario de la vivienda cuando regresaba de fiesta, daba golpes en las puertas e insultaba a la mujer y le decía que «iba a sacar el corazón» a las personas con las que se relacionaba.
La resolución concreta un episodio en el que, en una de estas oportunidades, el varón la agarró fuertemente del cuello y le dijo que la había dejado embarazada para que de esa manera estuviera atada a él.
«Una relación de terror»
Asimismo, vigilaba las redes sociales de la víctima, le recriminaba por subir fotos y pedía a las personas que escribían en el perfil de la chica que no lo hicieran porque «era su mujer y de su posesión».
Una conducta ante la que la víctima, quien durante el juicio describió su vínculo con este varón como «una relación de terror», optó por eliminar sus redes sociales.
Finalmente, en 2021, el hombre se marchó fuera de la CAV, si bien todas las noches le hacía videollamadas «con ánimo de mantener el control sobre ella».
No obstante, en agosto de 2024 ambos retomaron la convivencia, pero sólo un mes más tarde, la madrugada del 9 de septiembre el varón llegó al domicilio de la chica bajo la influencia de las drogas y la agredió sexualmente.
La Audiencia considera que estos hechos son constitutivos de un delito de violación con violencia con la atenuante de embriaguez; de un delito de malos tratos habituales; de dos delitos de malos tratos no habituales, de un delito leve de vejaciones y de un delito leve de coacciones.
Por todos ellos, además de la pena de prisión, la Audiencia le impone 18 días de localización permanente, le prohíbe acercarse a la víctima y aproximarse a ella durante 22 años y medio, y le obliga a compensarla con 15.000 euros.
Además, el acusado será inhabilitado para cualquier actividad o profesión relacionada con menores durante 17 años y, una vez excarcelado, permanecerá en situación de libertad vigilada cinco años.
La sentencia no es firme, ya que aún puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
Condena de 11 años
Precisamente el TSJPV ha confirmado este miércoles la sentencia que condenó a un hombre a 11 años de prisión por agredir sexualmente a la hija de su pareja sentimental cuando era menor de edad.
Las agresiones comenzaron cuando la víctima tenía 10 años en 2008 y se prolongaron hasta 2013, según los hechos declarados probados, y la víctima abandonó el domicilio familiar en 2021 y en octubre de 2022 interpuso la denuncia.
La Audiencia de Bizkaia condenó el pasado mes de julio al varón como autor de un delito continuado de agresión sexual a menor con penetración y prevalimiento de situación de superioridad.