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La Audiencia Nacional absuelve a los diez jóvenes de Iruñerria juzgados por pertenecer a Segi

La Audiencia Nacional ha absuelto a Mikel Marin, Iker Aristu, Diego Octavio, Iker Araguas, Ibai Azkona, Oihan Ataun, Mikel Beunza, Iñaki Marin, Gorka Sueskun y Mikel Flamarique, jóvenes de Iruñerria juzgados en mayo acusados de pertenecer a Segi.

Primer día del juicio contra los diez jóvenes de Iruñerria en la Audiencia Nacional española. (POOL EFE)
Primer día del juicio contra los diez jóvenes de Iruñerria en la Audiencia Nacional española. (POOL EFE)

La Audiencia Nacional española ha absuelto a los diez jóvenes de Iruñerria que fueron juzgados en mayo pasado por su militancia política, acusados de pertenecer a Segi.

Mikel Marin, Iker Aristu, Diego Octavio, Iker Araguas, Ibai Azkona, Oihan Ataun, Mikel Beunza, Iñaki Marin, Gorka Sueskun y Mikel Flamarique denunciaron en la primera sesión del juicio las torturas que padecieron mientras estuvieron incomunicados.

El fiscal, que inicialmente pedía diez años de prisión para todos ellos, rebajó su petición a seis años de cárcel.

El representante del Ministerio Público negó la existencia de torturas que los jóvenes denunciaron, pese a que en octubre pasado  el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó al Estado español por no investigar las torturas sufridas por Oihan Ataun, uno de los juzgados.

La sentencia considera que no ha quedado acreditado que los objetos que incautaron a los jóvenes cuando fueron detenidos fueran confeccionados por Segi ni que su venta fuese destinada a financiar a la organización juvenil.

Además, los magistrados Javier Martínez Lázaro y Fermín Echarri destacan que la utilización de una iconografía de la que se sirve una organización puede tener «diversos significados» y no es un indicador «concluyente» de adhesión y militancia activa en el colectivo.

«El hecho de portar un camiseta de la organización terrorista Segi no implica su pertenencia a la misma, ni sirve como dato indiciario para acreditar aquella. Cuestión distinta hubiere sido la incautación de un número importante de aquellas en el registro efectuado en su domicilio, que sí hubiere servido para deducir una supuesta financiación de la misma, lo que no es el caso», afirman.

Argumentan también que las identificaciones por parte de los miembros de las FSE no fueron corroboradas durante el juicio y que las declaraciones en sede policial tampoco fueron ratificadas durante la vista oral.

Voto particular

El fallo cuenta con un voto particular del magistrado Nicolás Poveda, que era partidario de condenar a Ibai Azkona, Iñaki Marin, Iker Araguas, Diego Octavio y Oihan Ataun.