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El Ayuntamiento de Iruñea impulsa la Administración Electrónica municipal

El Ayuntamiento de Iruñea ha promovido una Ordenanza para impulsar la Administración Electrónica municipal y lograr un funcionamiento más eficaz, reduciendo cargas administrativas y costes de gestión. 

El Ayuntamiento de Iruñea da un impulso a la Administración Electrónica municipal.
El Ayuntamiento de Iruñea da un impulso a la Administración Electrónica municipal.

Según señala el Consistorio, la propuesta de ordenanza, resultado del trabajo llevado a cabo por un equipo multidisciplinar (Asesoría jurídica, sistemas informáticos, personal de Animsa, Archivo Municipal y área de Igualdad), busca facilitar la relación diaria de la ciudadanía con el Ayuntamiento, superando viejos esquemas de burocracia y trámites en papel, aumentando la transparencia, facilitando el control de la actividad administrativa y fomentando la coordinación con otras administraciones.

Cuando la nueva norma esté en vigor, la ciudadanía podrá elegir el cauce a través del cual se relacionará con la Administración. Será además una norma para simplificar trámites: la ciudadanía tendrá derecho a no presentar ningún documento que se origine en cualquier administración pública. Y se buscará además generalizar la identificación electrónica para las relaciones entre la Administración y la ciudadanía, relegando la necesidad de firma a los supuestos estrictamente tasados por la ley.

Estas son algunas de las principales novedades que recoge la propuesta de Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónicos del Ayuntamiento de Iruñea, una norma pionera que sitúa a la ciudad entre los primeros municipios en adaptar su marco a la Administración Electrónica.

La propuesta ha sido presentada en rueda de prensa por el concejal delegado de Transparencia, Innovación y Política Lingüística, Aritz Romeo, y la directora de la Asesoría Jurídica municipal, Mª Victoria Borja.

La propuesta, que será aprobada la semana que viene por la Junta de Gobierno Local, será sometida a un proceso de participación abierto abierto a las aportaciones de la ciudadanía y las entidades asociadas a través de la página. De forma paralela los grupos municipales también podrán hacer las aportaciones que estimen oportunas a través de los cauces internos del Ayuntamiento.

La previsión es llevar el texto resultante para su aprobación inicial al Pleno del mes de noviembre, tras lo cual se abriría un nuevo trámite de información pública por el plazo de un mes para la formulación de reclamaciones, reparos u observaciones, de forma previa a su resolución y aprobación definitiva por el Pleno, prevista para principios de 2019.

Hacia el futuro
La nueva Ordenanza viene a relevar a la actual Ordenanza de Administración Electrónica, que data del año 2010. Se trata de una norma que apostaba por el uso progresivo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y por el desarrollo de la administración electrónica en las relaciones entre la administración municipal y la ciudadanía.

Pero las leyes del Procedimiento Administrativo Común y de Régimen Jurídico del Sector Público aprobadas a nivel estatla en 2015 han superado ese concepto y ya reflejan una administración pública que funcione preferentemente de forma electrónica, lo que implica un cambio organizativo y la introducción de nuevas aptitudes para mejorar los servicios públicos y reducir cargas administrativas y costes económicos a la ciudadanía en sus relaciones con la administración.

Esto no quiere decir que a partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza la ciudadanía sólo podría relacionarse vía electrónica con la administración, sino que convivirían ésta y la vía presencial, pero con el horizonte de que, a futuro, vaya tomando cada vez más protagonismo la administración electrónica.

Pero la Ordenanza propuesta, además de adaptar la normativa reglamentaria municipal a la nueva regulación estatal vigente, va más allá y desarrolla aspectos del uso de medios electrónicos, funcionalidades de la sede electrónica, precisiones sobre el uso de los diferentes medios de identificación y firma electrónica, entre otros aspectos.

El objetivo de esa nueva normativa pasa por ofrecer a la ciudadanía una mayor seguridad jurídica en las relaciones con el Ayuntamiento de Iruñea, concretando, desarrollando y aclarando algunos aspectos de la normativa estatal.

La propuesta supone la realización de cambios internos en la Administración municipal, en la medida en que debe implantar los mecanismos para hacer efectivo este nuevo marco. Así, a nivel interno, el procedimiento debe ser íntegramente electrónico: el registro es electrónico y único, y registrará de entrada documentos originales electrónicos o copias auténticas de originales en papel; el expediente, que se impulsará de oficio y por medios electrónicos, es un índice electrónico que se compone de documentos electrónicos (pruebas, informes, dictámenes…), tramitados y firmados electrónicamente; el archivo también será único y supondrá el almacenamiento por medios electrónicos, seguro y confidencial, de todos los documentos administrativos que se generen.

Desde el punto de vista de la tramitación de dichos expedientes, la clave es la firma electrónica, de todo el personal de la administración pública que tenga alguna responsabilidad en la tramitación del procedimiento. Junto con la firma electrónica asociada directamente a la persona, destaca la generalización de la actuación administrativa automatizada, a través de sellos de entidad, de órgano y de tiempo, esencialmente.

La administración electrónica se organizará de acuerdo a una serie de principios que detalla la ordenanza: el principio de servicio a la ciudadanía, el de simplificación administrativa, impulso de medios electrónicos, neutralidad tecnológica, interoperabilidad, confidencialidad, seguridad y protección de datos, transparencia, eficacia, eficiencia y economía, principio de cooperación y principio de participación.

Además, para la difusión de la información administrativa electrónica, se seguirán los principios de accesibilidad, el principio de exactitud de la información que se publique, el principio de actualización, el de garantía de protección de datos de carácter personal y el principio de consulta abierta de los recursos de información de acceso universal y abierto.