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Bruselas

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE considera que el IRPH no es transparente

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado este martes que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es un índice transparente por el mero hecho de ser oficial y, por tanto, los jueces pueden estudiar si es abusivo o no. El letrado Maciej Szpunar contradice así la doctrina del Tribunal Supremo español, que lo avaló en 2017.

Carteles contra el IRPH en una concentración ante los Juzgados de Donostia. (Jon URBE / ARGAZKI PRESS)
Carteles contra el IRPH en una concentración ante los Juzgados de Donostia. (Jon URBE / ARGAZKI PRESS)

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE se ha pronunciado hoy en respuesta a varias cuestiones prejudiciales planteadas por un juzgado de Barcelona sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) que se utiliza en el Estado español.

El letrado polaco Maciej Szpunar ha señalado que el IRPH no es un índice transparente por el mero hecho de ser oficial y, por tanto, los jueces pueden estudiar si es abusivo o no. En concreto, ha indicado que una cláusula contractual que fija un tipo de interés tomando como referencia uno de los seis índices oficiales legales que pueden ser aplicados por los bancos a las hipotecas con tipo variable «no está excluida del ámbito de aplicación de la directiva» europea.

Pese a que no se pronuncia sobre si el IRPH debería ser declarado nulo, el Abogado General ha tomado una posición favorable a los intereses de los afectados por este índice, que alegan que este se comercializó con poca transparencia y encareció sus hipotecas en una media de 25.000 euros en comparación con lo que hubieran pagado de utilizar el euríbor, el más común.

En su primera valoración, la plataforma Stop IRPH Gipuzkoa ha señalado que el Abogado General asume que el IRPH no está exento de control por los motivos defendidos por la banca y el Gobierno español, y que la fórmula de cálculo es compleja y poco transparente, por lo que requiere información sobre cálculo y evolución.

Más de un millón de hipotecas

El IRPH se ha utilizado en cerca de un millón de hipotecas en el Estado español en sustitución del euríbor. Entre las cinco entidades bancarias más grandes acumulan un total de 16.530 millones de euros, repartidos del siguiente modo: Caixabank lidera la lista con 6.700 millones, seguido de Santander con 4.300 millones, BBVA con 3.100 millones, Bankia con 1.600 millones y Sabadell con 830 millones de euros.

No obstante, según datos de IRPH Stop Gipuzkoa, Kutxabank cerró 2018 con 1.235 millones de euros en préstamos referidos al IRPH y, por tanto, ocupa el quinto lugar en el ránking.

Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes de cara a la futura sentencia, pero en la mayoría de los casos el fallo de los jueces suele seguir la dirección marcada por este. El fallo del TJUE se espera para finales de este año o principios del próximo.

Control judicial

En sus conclusiones, el Abogado General argumenta que el uso del IRPH puede someterse al control judicial para verificar varios aspectos.

Sostiene que las entidades bancarias –Bankia, en el caso concreto que se le había planteado– no están obligadas a utilizar uno de los seis índices de referencia oficiales, incluido el IRPH, por lo que podían haber optado por el euríbor.

Por lo tanto, al no tratarse de una cláusula que refleje una disposición legal imperativa, está comprendida dentro de la directiva europea sobre cláusulas abusivas y puede ser objeto de control.

El Abogado añade que los tribunales estatales no pueden abstenerse de controlar si el IRPH fue abusivo amparándose en una excepción de la directiva europea que permite no pronunciarse cuando las cláusulas hayan sido redactadas de manera clara y comprensible.