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Condenas de nueve y siete años de cárcel por intentar quemar viva a una exnovia en Iruñea

La Audiencia Provincial de Nafarroa ha condenado a las dos mujeres acusadas de intentar quemar viva en Iruñea a la expareja sentimental de una de ellas a penas de nueve y siete años.

F.E.J. y D.R. han sido condenadas a nueve y siete años de prisión respectivamente por tentativa de asesinato con agravante de disfraz después de que ambas hayan reconocido que en junio del 2018 intentaron asesinar a la exnovia de la primera quemándola viva en Iruñea y usando para ocultar la identidad de la ejecutora maquillaje, una gorra y una peluca.

A F.E.J., para la que la fiscalía pedía 17 años de prisión, se le interpuso una pena de nueve años tras reconocer que ideó el plan de quemar viva a su expareja, aplicándosele el agravante de trastorno mental y el de obcecación al considerarse que estaba obsesionada con la víctima, a la que acusaba de la muerte de su hija.

A D.R., para quien se solicitaban 15 años por ejecutar el intento de homicidio rociando a la víctima con gasolina e intentado prenderle fuego con un mechero, se le ha impuesto una pena de siete años de prisión con un atenuante de trastorno mental.

A ambas se les ha condenado a diez años de libertad vigilada y a la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante diez años en el caso de la primera y cinco en el de la segunda tras cumplirse su pena, así como a indemnizar con 24.000 euros a la víctima por daños morales y la pérdida de calidad de vida que le ha supuesto el suceso.

El plan del asesinato se motiva en que F.E.J. culpaba a la víctima, con quien mantuvo una relación desde octubre del 2015 a abril del 2018, de la muerte de su hija por ingesta de medicamentos en 2016 a la víctima, un caso que quedó archivado.

Los hechos tuvieron lugar el 27 de junio del 2018 en el barrio de Arrotxapea, cuando la víctima entró en el portal de la casa en la que en esos momentos se encontraba viviendo con F.E.J. y D.R. le roció de gasolina la cabeza, el pecho y la cara.

La mujer huyó subiendo por las escaleras y pidiendo auxilio mientras D.R. le perseguía intentando prenderle fuego con un mechero, pudiendo refugiarse finalmente en la casa de una vecina que le abrió la puerta.

La condena contempla el agravante de disfraz debido a que las acusadas compraron una peluca, una gorra y maquillaje que posteriormente usaron para esconder la identidad de D.R. y que esta no pudiese ser identificada.

F.E.J. conoció a la otra implicada en un centro de menores a través de su hija y con ella compartió sus sospechas de que su expareja fue la causante de la muerte, existiendo cierta implicación personal debido a que la madre de D.R. en el pasado había abortado y culpaba de esta decisión a su tía.