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BARCELONA

El juez aprecia «absoluta falta de consideración» de la Policía hacia los votantes del 1-O

El juez que investiga las cargas policiales en los centros de votación durante el referéndum del 1-O ha descartado archivar la causa, como pedía la Fiscalía, al considerar que la actuación de la Policía española «no se ajustó» a los «estándares internacionales» y hubo ciudadanos que fueron «tratados con absoluta falta de consideración».

Una de las actuaciones policiales del 1-O. (Pau BARRENA / AFP)
Una de las actuaciones policiales del 1-O. (Pau BARRENA / AFP)

En un auto avanzado por ‘eldiario.es’ y recogido por la agencia Efe, el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona rechaza la petición de Fiscalía para el sobreseimiento del caso al entender que esta petición es «prematura» y que es necesario practicar más diligencias para esclarecer lo sucedido.

Por lo pronto, asegura que «no existen indicios de que hubiera una orden concreta de actuar con especial violencia», pese a lo cual «en varias ocasiones» la actuación policial «no se ajustó de ningún modo a lo previsto en la legislación vigente ni a los protocolos existentes dentro del Cuerpo Nacional de Policía ni a los estándares internacionales en la materia».

«Absoluta falta de consideración»

Sostiene el magistrado, en base a las imágenes que constan en la causa, que hubo «múltiples casos» de votantes que fueron «tratados con absoluta falta de consideración no solo a su integridad física, sino a su propia dignidad», lo que podría constituir un comportamiento «degradante o humillante» por parte de los agentes.

En su auto, el juez instructor también se hace eco de «múltiples imágenes de personas arrastradas por el suelo de cualquier manera, del pelo o desde la mandíbula, arrojados escaleras abajo» e incluso «pisoteados por agentes, ignorados una vez presentan heridas de consideración».

Por todo ello, recuerda que todavía existen diligencias acordadas pendientes de practicar y otras nuevas que han sido solicitadas y entiende que sería «prematura» la decisión de archivar la causa, que la Fiscalía solicitó para el grueso de los casos abiertos por las cargas, a excepción de media docena de actuaciones «individualizadas» de agentes, la mayoría por delitos leves.

El Ministerio Público sustentó su petición de archivo en la sentencia del procés del Tribunal Supremo, una causa que, apuntó, «guarda íntima relación» con la investigación relativa a las cargas policiales.

No obstante, de acuerdo con el juez, las «consideraciones» que aborda la sentencia contra los dirigentes independentistas son «desde una óptica, una finalidad y unos medios de prueba totalmente distintos» puesto que, agrega, «no era objeto de dicho procedimiento la posible responsabilidad penal de las personas que allí se encontraban».

Recuerda, además, que la investigación que instruye «no versa sobre la legitimidad de la actuación policial, la cual había sido ordenada por la autoridad judicial», sino «el modo en que esta se produjo en relación a los ciudadanos que se encontraban concentrados en el lugar» (los centros de votación).

Zanja así el argumento esgrimido por la Fiscalía de Barcelona, en cuyo escrito razonaba que la actuación de la Policía española era «legítima», pues buscaba cumplir con la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de impedir el referéndum y «no fue dirigida hacia los ciudadanos que acudieron a votar el 1-O, sino frente a todos aquellos que obstaculizaron y entorpecieron –con agresiones físicas, en algunos casos– la intervención policial».