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El Govern de Catalunya aprueba rebajar un 50% el alquiler de los locales cerrados por la covid-19

El Govern de la Generalitat de Catalunya ha aprobado un decreto ley por el que los establecimientos cerrados como medida de prevención ante la covid-19 podrán negociar una rebaja temporal y de mutuo acuerdo de hasta el 50% con los propietarios de los locales.

Imagen de un bar de Barcelona antes del cierre de la hostelería por 15 días. (Lluís GENÉ/AFP)
Imagen de un bar de Barcelona antes del cierre de la hostelería por 15 días. (Lluís GENÉ/AFP)

El Govern de la Generalitat de Catalunya ha aprobado este martes un decreto ley con el que rebaja hasta un 50% el alquiler de los establecimientos y locales comerciales que tienen prohibido desarrollar su actividad por las restricciones para atajar los contagios de covid-19, como bares y restaurantes.

Tal como ha anunciado en rueda de prensa la portavoz del Govern, Meritxell Budó, se trata de un decreto que faculta a los titulares de los establecimientos a iniciar una negociación con los propietarios de inmuebles para establecer una rebaja temporal y de mutuo acuerdo de la mensualidad de las rentas.

En concreto, establece un período de negociación de un mes entre el propietario del local y el arrendatario y, en caso de no alcanzar un acuerdo, pasa a aplicarse automáticamente una rebaja del alquiler en función de una tasación preestablecida.

La nueva norma fija que, si no hay acuerdo entre las partes, el alquiler de aquellos negocios que están totalmente cerrados por las medidas sanitarias, como bares y restaurantes, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego o ludotecas, se reducirá automáticamente un 50% a contar desde el día en que el arrendatario notifique su voluntad de negociar.

Cuentan también como negocios cerrados los restaurantes, cafeterías y bares que funcionan haciendo entregas de comida para llevar o a domicilio, por lo que, ante la falta de acuerdo, la reducción de la cuota de sus alquileres será de la mitad.
Por otro lado, los negocios cuya actividad está parcialmente limitada por la pandemia, como comercios, teatros, tiendas 24 horas, gimnasios u hoteles, tendrán una rebaja del alquiler proporcional a la disminución de sus aforos y horarios de atención al público.

En este caso, la rebaja se aplicará únicamente sobre la parte afectada, por lo que si un comercio tiene permitido abrir al 50%, el arrendatario deberá pagar el 75% del alquiler.

«Es un mecanismo rápido y eficaz para evitar que el coste de la pandemia recaiga solo en una de las partes del contrato de arrendamiento. Favorece el pacto, pero impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas», ha resumido Budó, quien ha aseverado que «el objetivo es evitar el cierre empresas y la destrucción de puestos trabajo».

Budó también ha explicado que el Govern se da un plazo de dos años para incorporar la cláusula «rebus sic stantibus» en el Código Civil que permite modificar contratos ante cambios sobrevenidos y extraordinarios como la pandemia.

Fuentes del ejecutivo catalán han señalado que el decreto ha sido elaborado por los departamentos de Justicia y Empresa y Conocimiento en colaboración con el Gremio de Restauración de Barcelona para evitar la judicialización de los casos.

Según las mismas fuentes, se trata de una solución «rápida» que «evita el vía crucis judicial» y permite a los restauradores y comerciantes afectados ahorrarse los costes del proceso y la dilatación de la resolución, que en el caso de tramitarse en los juzgados podría demorarse meses o incluso años.