BERTA GARCIA
CONSUMO

A domicilio

L as ventas a domicilio son una modalidad fuera del establecimiento mercantil, bien en domicilios privados, clubes, hoteles o lugares de reunión (no confundir con las compras on line) y, por tanto, disfrutan de una normativa específica.

Esta modalidad de venta favorece la picaresca, sobre todo con gente mayor o que vive sola, ya que, por lo general, se añaden “regalos” de escaso valor, pero que suponen un buen gancho. Esta estrategia resta tiempo para leer y entender los documentos o saber qué o con quién se va a contratar la financiación, por lo que se deben extremar las precauciones.

Nuestras recomendaciones son:

• Desconfíe del contrato que solo hace constar, como dirección, un apartado de correos.

• No se sienta obligado a comprar solo por los regalos, ya que se da la paradoja de que similares productos (colchones, tensiómetros, aspiradores, etcétera) homologados y con buenos servicios post venta son más baratos en el comercio tradicional.

• Compruebe a cargo de quién corren los gastos de entrega a domicilio. A menudo, esta información consta en la letra pequeña del contrato. Asegúrese de entender la forma de pago que se le propone y sopese si es la que más le conviene.

• Recuerde que tiene el derecho de desistimiento, es decir, que dispone de un plazo mínimo de siete días naturales a partir del momento en que reciba el producto, durante el cual podrá devolverlo y recuperar la cantidad pagada. El vendedor está obligado a adjuntar el documento de desistimiento a la hoja de pedido (artículos 92 a 113 del Texto Refundido de LGDCU).

• Si ha firmado algún tipo de financiación con un banco, trate de anular el contrato y/o recuperar las cantidades abonadas, ya que el desistimiento también implica la resolución del crédito sin ninguna penalización.

• Hay que tener en cuenta la responsabilidad solidaria. Del cumplimiento de las obligaciones establecidas en este título responderán solidariamente el empresario por cuya cuenta se actúe y el mandatario, comisionista o agente que hayan actuado en nombre propio.