BERTA GARCIA
CONSUMO

Vuelta de vacaciones

E l verano continúa, aunque las vacaciones de quienes optan por agosto se estén acabando. Si eres de los que han sufrido algún percance a consecuencia de las huelgas de transporte, de alojamientos indeseables o de promesas sin cumplir, este es el momento de afrontar las reclamaciones surgidas en los desplazamientos vacacionales.

En los viajes combinados, el incumplimiento de cualquier parte del contrato o del folleto publicitario se puede reclamar a la vuelta del viaje. Tanto da que el culpable sea el mayorista como el “lucero del alba”, pues es la agencia de viajes como intermediaria la que nos ha de atender y gestionar el problema. Pasado el tiempo de gracia en la espera de respuesta, que es de hasta un mes, existen vías alternativas para seguir avanzando, léase la mediación, el arbitraje y la vía judicial. Esta última no debe asustarnos, pues hasta 2.000 euros de reclamación no se requiere ni abogado ni procurador.

En vuelos y equipajes también se puede y debe reclamar. Ante un caso de deterioro del equipaje disponemos de siete días para acreditarlo y lo mejor es hacerlo en el mismo aeropuerto. Si se trata de una pérdida o de un retraso en la entrega, tenemos hasta 21 días para hacer la reclamación. En el supuesto de que haya sido en el lugar de destino, podremos reclamar también las compras de productos básicos que fueron necesarios debido al trastorno.

Algo más complicados son los casos de cancelación o retrasos en los vuelos. No tanto porque no exista una normativa de protección al usuario, sino por la tomadura de pelo que supone el proceso dilatorio y disuasorio que se arrogan las empresas transportistas. En general, en lo tocante a las indemnizaciones por los perjuicios causados (pérdida de enlaces, de días de vacaciones, de alojamientos o de excursiones ya pagadas por adelantado) toca armarse de paciencia y tenacidad para seguir adelante, porque si no de eso se valen para amargar a los usuarios y los trabajadores huelguistas. Respecto al alquiler de apartamentos, si ha ocasionado problemas, no hay nada que rascar en la normativa de consumo si se ha hecho a través de un particular.