Jesús Uzkudun Illarramendi
Activista sindical por la salud laboral
KOLABORAZIOA

Amianto y vigilancia sanitaria postocupacional

Los pensionistas que estuvimos expuestos a fibras de amianto en el trabajo, estando en el registro o listado de Osalan, tenemos derecho a una vigilancia sanitaria específica en Osakidetza u otras instituciones de la Sanidad pública, con el objetivo de posibilitar la detección precoz de enfermedades pulmonares, facilitar el reconocimiento profesional y acceder a las prestaciones económicas de la Seguridad Social por enfermedad profesional.

En bastantes ocasiones, cuando reclamo la incorporación de algún compañero a dicho listado (mayoritariamente afectados ya por patologías derivadas del amianto), me encuentro con algunos que trabajaron en CAF, cuya respuesta de Osalan es: «Se le informa que XXX ya se encuentra incluido en el citado fichero. Actualizados sus datos, serán puestos a disposición de Osakidetza para que pueda ejercer su derecho a la vigilancia postocupacional de la salud».

Es decir, están incluidos en el listado de la autoridad laboral, pero no constan en Osakidetza, por tanto, no puede ejercer su derecho a la vigilancia específica de la salud. Como consecuencia, los profesionales sanitarios desconociendo la exposición al amianto, terminaran culpando la enfermedad a un supuesto hábito tabáquico en su juventud.

¿Descoordinación institucional? Tal vez. Para mí, es otra la causa. La persistencia impune de las maniobras empresariales para ocultar el origen profesional del cáncer pulmonar y otras enfermedades de origen laboral.

A mi entender, CAF gracias a la presión sindical, se vio obligada a ampliar sustancialmente el listado de trabajadores (aunque continúen olvidándose de los empleados en las subcontratas y otros), que décadas atrás estuvieron expuestos al terrible cancerígeno. El servicio médico de CAF, no parece que comunique a Osalan, cuando un trabajador incluido en dicho listado, se jubila o causa baja en la empresa, para que Osakidetza continué la vigilancia sanitaria postocupacional de dicho personal. Si el pensionista no reclama a Osalan, aportando sus datos, se queda sin la vigilancia sanitaria específica, favoreciendo la ocultación del origen de eventuales enfermedades. Este fallo informativo, favorece que los profesionales incumplan el artículo 5 del R. D. 1299/2006, eludiendo comunicar «sospecha de enfermedad profesional», cuando detectan un cáncer pulmonar.

Miles y miles de trabajadores vascos estuvimos expuestos en el trabajo al amianto en fundiciones y acerías, industria naval, de bienes equipo, química, papel o centrales térmicas…, especialmente los mecánicos, electricistas, caldereros y personal de mantenimiento, situándonos en grave riesgo. Sucedía mientras las empresas incumplían la normativa de Seguridad e Higiene vigente, tampoco notificaron la exposición, no se les incluyó en el listado de expuestos. Si bien en la última década hemos incorporado a cientos, tal vez a miles de compañeros al listado, la mayoría de los que estuvieron expuestos no están registrados, no pueden ejercer el derecho a vigilancia sanitaria hasta que se presente la enfermedad.

¿Vigilancia para que? «No tienen remedio» afirman algunos «expertos» con frialdad. Es posible, pero tenemos derechos, no admitimos más zancadillas, entre otras razones, queremos que se nos reconozca el daño causado.

Figurar en el listado ayuda a que se reconozcan las prestaciones de la Seguridad Social, incluida viudedad, muerte y supervivencia, el derecho a reclamar indemnización a las empresas por el daño causado y recargo de prestaciones por la ausencia de medidas preventivas. Es necesario estar en el listado antes de enfermar. Una vez enfermo, las fuerzas se destinan a sobrevivir y hace falta mucha fuerza de voluntad, para buscar las pruebas de las insalubres condiciones trabajo, que décadas atrás le condenaron a una muerte prematura.

Pocos discuten hoy en día acerca de la creciente epidemia de cáncer pulmonar u otras enfermedades derivadas de inhalar fibras de amianto, por tanto, es justo que los afectados tengan derecho a una vigilancia sanitaria específica, que posibilite la detección precoz de la enfermedad, su reconocimiento profesional y acceder a las prestaciones económicas de la Seguridad Social.

Por esta razón, urge un compromiso de las autoridades sanitarias y laborales para subsanar este déficit sanitario y garantizar nuestros derechos, tantas veces ignorados.

Hago un llamamiento expreso al comité de empresa de CAF y secciones sindicales a no ignorar el derecho a una vigilancia salud específica (independientemente de la valoración) a los jubilados y pensionistas que trabajaron con amianto. Mañana puede ser tarde.

Es inadmisible que tanta condena a muerte prematura se produzca por la infracción de los empresarios a las normas preventivas durante décadas. Todavía hoy, lejos de pedir perdón por el daño causado, se burlan obstaculizando una vigilancia sanitaria y las prestaciones económicas de la Seguridad Social derivadas de enfermedad profesional.