Martxelo DÍAZ
IRUÑEA

Rechazan la recusación y multan con 600 euros a los jóvenes de Altsasu

El recurso de los jóvenes de Altsasu contra los jueces que verán su recurso por falta de imparcialidad ha sido rechazado por la Audiencia Nacional, que además les ha impuesto 600 euros de multa.

La Audiencia Nacional ha rechazado la recusación presentada por las defensas de los jóvenes de Altsasu contra los jueces que verán el recurso que presentaron ante la sentencia que les condenó a penas de hasta trece años de cárcel alegando su falta de imparcialidad por sus vínculos con la Guardia Civil y les ha impuesto una multa de 600 euros por «mala fe».

Una recusación se presentó contra José Ramón Navarro y Enrique López, dos de los tres integrantes de la Sala de Apelación que verá el recurso, por haber sido condecorados por la Guardia Civil y estimar que este hecho ponía en cuestión su imparcialidad en una causa en la que el instituto armado ha tenido un papel protagonista. Una recusación similar se presentó antes del juicio contra la juez Concepción Espejel, que presidió el tribunal que acabó condenando a los jóvenes y que también había sido condecorada por el instituto armado, además de tener vínculos familiares con un coronel.

Otra recusación fue presentada con Eloy Velasco, también integrante de la Sala de Apelación, por haber participado en un congreso de Covite, que está presente en la causa como acusación particular. Este hecho fue considerado por las defensas de los jóvenes como suficiente para cuestionar su imparcialidad.

Amaia Izko, integrante del equipo defensor de los jóvenes de Altsasu, señalo a GARA que la imposición de la multa por «mala fe» por presentar las recusaciones es «un exceso y algo muy exagerado».

En este sentido, la letrada considera que hay un intento de la Audiencia Nacional de «marcar clara y evidentemente la posición desde la que están tratando este tema».

Junto a ello, señaló que la imposición de una multa de estas características es algo completamente inusual. En este sentido, recordó que para aplicar una sanción de este tipo es necesario que exista una «absoluta temeridad» o una mofa del procedimiento, algo que rechaza categóricamente porque las recusaciones estaban jurídicamente fundamentadas y se trata una herramienta que el ordenamiento ofrece.

La Audiencia Nacional, en cambio, señala que las recusaciones presentadas son «sospechas, impresiones, conjeturas y dudas personales faltas de fundamento que además han ocasionado una dilación indebida en la tramitación de los autos».

Junto a ello, señala que haber sido condecorados por la Guardia Civil no cuestiona la independencia de los jueces, ya que «se conceden a modo de recompensa moral no retribuida, en reconocimiento de méritos en términos generales, no por ningún caso concreto» y destaca que este caso «no es una causa general de la Guardia Civil» contra los jóvenes de Altsasu y que el instituto armado no está personado en el procedimiento. Pese a que Covite sí lo está, señala que el acto en el que participó Velasco tuvo lugar seis meses antes del juicio.